Planeación y presupuesto en Colombia

El Estado colombiano decide qué hacer en un plan y cuánto gastar en un presupuesto. Esta guía los recorre en paralelo, paso a paso: en cada uno, la planeación (en verde) y el presupuesto (en vino), con las normas que lo rigen, hasta que se juntan en el proyecto de inversión y en su control.

  1. 1Ruta en el tiempo
  2. 2Requisitos e instrumentos
  3. 3Construcción y reparto
  4. 4Unificación fiscal
  5. 5Concepto y Congreso
  6. 6Fin del proceso
  7. 7Intervención pública
  8. 8MIPG, MECI y SINERGIA
  9. +Para analizar

Gerencia Pública, UNAL · 2026-II · Sesiones 8.3 a 8.5 · Complementa Colombia: trayectorias del Estado administrativo

Paso 1

La ruta en el tiempo: el plan cada cuatro años, el presupuesto cada año

Pregunta guía¿Qué ocurre, en orden y en qué fechas, desde que se elige un Presidente hasta que su plan es ley, y desde que se fija el techo fiscal hasta que se paga el último peso del año?

1 · Planeación

La ruta del Plan Nacional de Desarrollo

El calendario legal y el ciclo 2026-2030

Junio elección presidencial

7 de agosto posesión

15 de noviembre CONFIS y CONPES; entrega al Consejo

10 de enero concepto del Consejo

7 de febrero radicación en el Congreso

junjulagosepoctnovdicenefebmarabrmayjun Año 1: elección y posesiónAño 2 EmpalmeFormulación: el DNP coordina y consultaConsejo Nacional de PlaneaciónAjustesCongreso: tres mesesSin ley: decreto

El ciclo en curso: PND 2026-2030 secuencia prevista, no a escala

  1. 30 sep. 2026 iniciativas sectoriales
  2. Octubre diálogos regionales
  3. 15 nov. 2026 bases al Consejo
  4. 10 ene. 2027 concepto del Consejo
  5. 7 feb. 2027 radicación
Plazos legales: Constitución, arts. 339-341 (Constitución de 1991); Ley 152 de 1994, arts. 13-25 (Ley 152/1994). Ciclo 2026-2030: cronograma del DNP (Departamento Nacional de Planeación, 2026); las fechas futuras son previstas y deben confirmarse a medida que ocurran.

El ciclo del PND, paso a paso

Paso 1

El ciclo del Plan Nacional de Desarrollo (y su réplica territorial)

Plazos tomados del texto vigente de la Ley 152 de 1994 y de los artículos 339 a 344 de la Constitución. Las fechas de 2026-2027 corresponden al cronograma publicado por el DNP el 17 de septiembre de 2026; son fechas previstas, no cumplidas, salvo las ya transcurridas.

1/8 · Formulación inicial del plan

Cuándo
Desde la elección presidencial hasta la posesión (7 de agosto)
Quién
Presidente electo y su equipo · Departamento Nacional de Planeación
Norma
Ley 152 de 1994, arts. 13-14 y 39
  • Qué ocurre. Todas las dependencias, en particular las de planeación, deben dar al Presidente electo apoyo administrativo, técnico y de información para iniciar la formulación del plan (Ley 152/1994).
  • Punto de partida. El programa con el que el candidato ganó la elección; la ley lo hace explícito para gobernadores y alcaldes, que deben orientar sus planes conforme al programa inscrito.
  • Antecedente. Desde 1970 los planes nacionales se asimilaron a los programas de cada gobierno, de Las Cuatro Estrategias de Pastrana a El Salto Social de Samper, y su orientación teórica cambió con cada uno (Franco González, 1994, pp. 48-52).
Ley 152 de 1994 (Secretaría del Senado)

2/8 · Coordinación técnica y consulta sectorial y territorial

Cuándo
Agosto a octubre del primer año (2026: iniciativas sectoriales hasta el 30 de septiembre y diálogos regionales en octubre)
Quién
DNP · Ministerios y departamentos administrativos · Entidades territoriales · Consejo Superior de la Judicatura
Norma
Ley 152 de 1994, arts. 15-16; Constitución, art. 341
  • Quién coordina. El director del DNP, según las orientaciones del Presidente, coordina la formulación con los ministerios, las entidades territoriales y la rama judicial (Ley 152/1994).
  • Participación territorial. Las autoridades de planeación deben garantizar la participación activa de las entidades territoriales.
  • Ciclo 2026. El DNP fijó el 30 de septiembre como plazo para recibir iniciativas sectoriales y programó diálogos regionales durante octubre (Departamento Nacional de Planeación, 2026).
DNP: cronograma del PND 2026-2030

3/8 · Concepto fiscal del CONFIS y aprobación del documento consolidado en el CONPES

Cuándo
Antes del 15 de noviembre del primer año
Quién
Director del DNP · CONFIS · CONPES ampliado (con gobernadores y alcaldes invitados)
Norma
Ley 152 de 1994, art. 17
  • Qué ocurre. El director del DNP somete el proyecto al CONPES, de forma integral o por componentes (Ley 152/1994).
  • Filtro fiscal. El plan de inversiones requiere concepto previo del CONFIS sobre sus implicaciones fiscales.
  • Qué produce. Un documento consolidado, aprobado por el CONPES ampliado.
  • Ciclo 2026. El DNP anunció que las bases del PND 2026-2030 pasarían por el CONFIS y el CONPES antes de su entrega al Consejo Nacional de Planeación (Departamento Nacional de Planeación, 2026).
Documentos CONPES (DNP)

4/8 · Concepto del Consejo Nacional de Planeación

Cuándo
Entrega a más tardar el 15 de noviembre; concepto antes del 10 de enero
Quién
Presidente de la República · Consejo Nacional de Planeación · Congreso (recibe copia)
Norma
Ley 152 de 1994, arts. 9 (mod. Ley 2322 de 2023) y 18; Constitución, art. 340
  • Entrega. El Presidente somete el proyecto consolidado al Consejo Nacional de Planeación a más tardar el 15 de noviembre y ese mismo día envía copia al Congreso (Ley 152/1994).
  • Concepto. El Consejo rinde concepto y recomendaciones antes del 10 de enero; si no se pronuncia, el requisito se entiende surtido en esa fecha.
  • Naturaleza. Es consultivo y sirve de foro de discusión (Constitución de 1991).
  • Composición. El Presidente designa a sus miembros de listas de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales; se convoca una vez el Presidente toma posesión (Constitución de 1991; Ley Orgánica 2322 de 2023).
  • Ciclo 2026. La entrega de las bases está prevista para el 15 de noviembre de 2026 (Departamento Nacional de Planeación, 2026).
Ley 2322 de 2023 (composición del CNP)

5/8 · Proyecto definitivo y radicación en el Congreso

Cuándo
Antes del 7 de febrero del segundo año (dentro de los seis meses siguientes a la posesión)
Quién
CONPES · Ministerio de Hacienda y Crédito Público · Congreso de la República
Norma
Ley 152 de 1994, arts. 13 y 19; Constitución, art. 341
  • Ajustes. Oída la opinión del Consejo, el CONPES introduce las enmiendas que considere (Ley 152/1994).
  • Radicación. El Gobierno, por conducto del Ministerio de Hacienda, presenta el proyecto al Congreso antes del 7 de febrero y lo convoca a sesiones extraordinarias.
  • Límite constitucional. Los seis meses siguientes a la iniciación del periodo presidencial (Constitución de 1991).
  • Ciclo 2026. El DNP programó la radicación del PND 2026-2030 para el 7 de febrero de 2027 (Departamento Nacional de Planeación, 2026).
Constitución Política, arts. 339-344

6/8 · Trámite legislativo: comisiones económicas, plenarias o decreto

Cuándo
Tres meses desde la presentación (45 días en comisiones conjuntas y 45 días en plenarias)
Quién
Comisiones de asuntos económicos de Senado y Cámara · Plenarias · Director del DNP (vocero) · Ministro de Hacienda
Norma
Constitución, art. 341; Ley 152 de 1994, arts. 20-25
  • Primer debate. Comisiones de asuntos económicos de ambas cámaras, en sesión conjunta, en un término improrrogable de 45 días (Ley 152/1994).
  • Segundo debate. Cada plenaria, en otros 45 días.
  • Qué puede cambiar el Congreso. El plan de inversiones, siempre que mantenga el equilibrio financiero; incluir proyectos nuevos requiere aprobación escrita del Gobierno por conducto del Ministro de Hacienda.
  • Si el Congreso no decide. Si no aprueba el Plan Nacional de Inversiones en tres meses, el Gobierno puede ponerlo en vigencia mediante decreto con fuerza de ley (Constitución de 1991; Ley 152/1994).
Ley 2294 de 2023: el PND 2022-2026 como ley

7/8 · Ejecución, seguimiento y evaluación

Cuándo
Durante el cuatrienio (planes de acción anuales y plan indicativo cuatrienal)
Quién
Entidades públicas de todo orden · DNP (SINERGIA) · Organismos departamentales de planeación
Norma
Constitución, arts. 343-344; Ley 152 de 1994, arts. 26 y 29
  • Planes de acción. Con base en el plan aprobado, cada organismo prepara su plan de acción; los nacionales elaboran además un plan indicativo cuatrienal con planes de acción anuales (Ley 152/1994).
  • Evaluación nacional. El DNP diseña y organiza los sistemas de evaluación de gestión y resultados, de políticas y de proyectos de inversión (Constitución de 1991).
  • Evaluación territorial. Los organismos departamentales de planeación evalúan la gestión de departamentos y municipios; el DNP puede hacerlo de forma selectiva sobre cualquier entidad territorial.
  • Herramienta. Esta función se materializa en SINERGIA, que se trata en la sesión 8.5.
SINERGIA (DNP)

8/8 · Réplica territorial: planes de desarrollo de departamentos y municipios

Cuándo
Primeros cuatro meses del periodo de gobernadores y alcaldes (próximo ciclo: 2028)
Quién
Gobernadores y alcaldes · Consejos de gobierno · Consejos Territoriales de Planeación · Asambleas y concejos
Norma
Ley 152 de 1994, arts. 39-40; Ley 388 de 1997, arts. 9 y 28
  • Meses 1 y 2. El consejo de gobierno consolida el proyecto dentro de los dos meses siguientes a la posesión; en el mismo plazo lo presenta al Consejo Territorial de Planeación, con copia a la asamblea o al concejo (Ley 152/1994).
  • Concepto. El Consejo Territorial de Planeación tiene un mes para rendirlo.
  • Mes 4. El plan se somete a la asamblea o al concejo dentro de los primeros cuatro meses del periodo; la corporación decide dentro del mes siguiente y, si no lo hace, el mandatario puede adoptarlo por decreto.
  • Límite a la corporación. Toda modificación requiere aceptación previa y escrita del gobernador o alcalde.
  • Ordenamiento. Municipios y distritos ordenan el uso del suelo con el POT, cuyo contenido estructural rige por tres periodos constitucionales (Ley 388/1997).
  • Tres horizontes. Largo plazo: diagnóstico territorial y POT. Mediano plazo: Marco Fiscal, programa de gobierno, plan de desarrollo y plan plurianual de inversiones. Corto plazo: presupuesto anual, POAI y plan de acción (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 33-34).
Portal Territorial (DNP)

1 · Presupuesto

La ruta del Presupuesto General de la Nación

El calendario legal y el caso del PGN 2027

Abril anteproyectos

15 de junio Marco Fiscal

20 de julio radicación

15 de agosto devolución, si no se ajusta

15 y 25 de sept. monto y primer debate

20 de octubre plazo final

enefebmarabrmayjunjulagosepoctnovdic Año t: se prepara y aprueba el presupuesto del año t+1 Programación: anteproyectos, plan financiero y POAIPrimer debatePlenariasSanción o decreto

El caso del PGN 2027 secuencia, no a escala

  1. 29 jul. se radica por $575,7 billones
  2. 11 ago. las comisiones lo devuelven
  3. 27 ago. nuevo proyecto por $634,9 billones
  4. 14 sep. se aprueba el monto
  5. 23 sep. primer debate
  6. 19-20 oct. plenarias con textos distintos
  7. 22 oct. Decreto 1599 de 2026

Sin comisión de conciliación antes de la medianoche del 20 de octubre, rige el proyecto del Gobierno con lo aprobado en primer debate (Constitución, art. 348; Decreto 111 de 1996, art. 59). Ese mismo día el Gobierno redujo en $13,8 billones el PGN 2026 (Decreto 1585/2026).

  1. Año t+1: ejecuciónPAC, CDP, registro, obligación y pago; reducciones y traslados
  2. Cierre de la vigenciaReservas presupuestales y cuentas por pagar
  3. Año t+2: Cuenta GeneralLa Contraloría la presenta y la Cámara la fenece
Plazos del ciclo anual y el caso del PGN 2027. Fuente: Constitución, arts. 346-348 (Constitución de 1991); Decreto 111 de 1996, arts. 52-60 (Decreto 111/1996), con el art. 56 modificado por (Ley Orgánica 1985 de 2019); caso 2027: (Cámara de Representantes, 2026; Decreto 1599/2026).

Tres puntos de decisión real: la programación (cuotas), el primer debate (monto y texto que rige por defecto) y la ejecución (reducir o aplazar).

El ciclo anual del PGN, paso a paso

Paso 1

El ciclo anual del Presupuesto General de la Nación

Plazos del Estatuto Orgánico del Presupuesto (Decreto 111 de 1996, art. 56 modificado por la Ley 1985 de 2019) y de la Constitución. Los ejemplos de 2026 provienen de comunicados oficiales de la Cámara, el Senado y MinHacienda y de los Decretos 1585 y 1599 de 2026: las plenarias aprobaron textos distintos del PGN 2027 que no se conciliaron, y el Gobierno lo expidió por decreto el 22 de octubre.

1/8 · Marco Fiscal de Mediano Plazo y regla fiscal

Cuándo
Antes del 15 de junio de cada año
Quién
Ministerio de Hacienda y Crédito Público · CONFIS · Comité Autónomo de la Regla Fiscal · Comisiones económicas
Norma
Ley 819 de 2003, art. 1; Ley 1473 de 2011, arts. 4-5 y 14 (mod. Ley 2155 de 2021)
  • Qué presenta el Gobierno. Un Marco Fiscal de Mediano Plazo con el plan financiero, un programa macroeconómico plurianual y las metas de balance y de deuda; se discute con prioridad en el primer debate del presupuesto (Ley 819/2003).
  • Consistencia obligatoria. La regla fiscal se materializa en ese Marco: el plan de inversiones del PND, el marco de gasto, el plan financiero, el POAI y el proyecto de presupuesto deben ser consistentes con ella (Ley 1473/2011).
  • Los números de la regla. Desde 2021 el ancla es una deuda neta de 55 % del PIB y el límite, de 71 %.
  • Caso. En junio de 2025 el CARF sostuvo, en concepto no vinculante, que la justificación del Gobierno no identificaba eventos extraordinarios que exigieran activar la cláusula de escape, decisión que la ley reserva al CONFIS (Comité Autónomo de la Regla Fiscal, 2025).
Comité Autónomo de la Regla Fiscal

2/8 · Programación: anteproyectos, plan financiero y POAI

Cuándo
Primer semestre; anteproyecto a las comisiones económicas en la primera semana de abril
Quién
Órganos que integran el PGN · MinHacienda (Dirección General del Presupuesto Público Nacional) · DNP
Norma
Decreto 111 de 1996, arts. 6-8, 47-48 y 51
  • Insumos. El Gobierno prepara el proyecto con los anteproyectos de los órganos del presupuesto y la disponibilidad de recursos (Decreto 111/1996).
  • Plan financiero. Lo preparan MinHacienda y el DNP.
  • POAI. El DNP lo elabora con los proyectos clasificados por sectores, órganos y programas, en concordancia con el Plan Nacional de Inversiones.
  • Principio en juego. Planificación: el presupuesto debe guardar concordancia con el PND, el plan de inversiones, el plan financiero y el POAI (Rodríguez Tobo, 2008, p. 30).
  • Hito de abril. En la primera semana de abril el Gobierno presenta a las comisiones económicas el anteproyecto que radicará en forma definitiva a partir del 20 de julio.
Estatuto Orgánico del Presupuesto

3/8 · Presentación del proyecto al Congreso

Cuándo
Primeros diez días de la legislatura que se instala el 20 de julio
Quién
Gobierno nacional por conducto del Ministro de Hacienda · Congreso de la República
Norma
Constitución, arts. 346-347; Decreto 111 de 1996, arts. 52-54
  • Plazo. Primeros diez días de cada legislatura, por conducto de MinHacienda, con rentas, gastos y resultado fiscal (Constitución de 1991; Decreto 111/1996).
  • Si no alcanza. Si los ingresos autorizados no cubren los gastos proyectados, el Gobierno debe proponer por separado nuevas rentas o la modificación de las existentes: de ahí las leyes de financiamiento.
  • Ciclo 2026. En julio de 2026 el Gobierno saliente radicó el proyecto para 2027 por $575,7 billones (Senado de la República, 2026).
Constitución, arts. 345-355

4/8 · Primer debate en comisiones económicas conjuntas

Cuándo
Devolución antes del 15 de agosto; monto antes del 15 de septiembre; aprobación antes del 25 de septiembre
Quién
Comisiones terceras y cuartas de Senado y Cámara · Banco de la República · Oficina de Asistencia Técnica Presupuestal (OATP)
Norma
Decreto 111 de 1996, arts. 56-57 (art. 56 mod. Ley 1985 de 2019)
  • A quién oyen. Las comisiones oyen al Banco de la República y a la OATP sobre el impacto macroeconómico del déficit y del gasto (Decreto 111/1996; Ley Orgánica 1985 de 2019).
  • Calendario. Devolución posible antes del 15 de agosto (MinHacienda lo presenta de nuevo antes del 30 de agosto); monto definitivo antes del 15 de septiembre; aprobación antes del 25 de septiembre.
  • Caso 2026. 11 de agosto, las comisiones devuelven el proyecto a solicitud del nuevo ministro (Senado de la República, 2026); 27 de agosto, se radica uno nuevo por $634,9 billones (Cámara de Representantes, 2026); 14 de septiembre, las comisiones aprueban ese monto (Cámara de Representantes, 2026).
  • Margen del Congreso. No puede variar el monto total, pero sí reasignar entre entidades con aval de MinHacienda, a menudo en subcomisiones informales que negocian con el ministro.
  • Evidencia. Para el PGN 2020, entre el proyecto y la ley la inversión subió 7,6 billones, el funcionamiento bajó 1,9 y el servicio de la deuda 5,7, con cambios en 28 de 32 sectores: el presupuesto no es enteramente rígido (Salinas Esteban, 2021).
Cámara: aprobación del monto del PGN 2027

5/8 · Segundo debate en plenarias y plazo del 20 de octubre

Cuándo
Plenarias desde el 1 de octubre; expedición antes de la medianoche del 20 de octubre
Quién
Plenarias de Senado y Cámara · Ministro de Hacienda
Norma
Constitución, arts. 348-351; Decreto 111 de 1996, arts. 58-60
  • Límites. El Congreso no puede aumentar partidas ni incluir nuevas sin aceptación escrita del ministro del ramo, ni elevar el cómputo de rentas sin su concepto favorable (Constitución de 1991).
  • Si vence el plazo. Si no expide el presupuesto antes de la medianoche del 20 de octubre, rige el proyecto del Gobierno con las modificaciones aprobadas en primer debate; si el proyecto no se presentó a tiempo, rige el del año anterior (Decreto 111/1996; Constitución de 1991).
  • Caso 2026. El Senado aprobó el proyecto el 19 de octubre y la Cámara el 20, con modificaciones distintas; según la Cámara, los textos no se conciliaron porque los términos ya estaban vencidos (Decreto 1599/2026).
  • Resultado. El 22 de octubre el Gobierno expidió el PGN 2027 por el Decreto 1599 de 2026, con base en el artículo 348 de la Constitución: rige el proyecto con lo aprobado en primer debate, no el texto de las plenarias (Decreto 1599/2026).
Cámara: aprobación del PGN 2027

6/8 · Sanción y decreto de liquidación

Cuándo
Tras la sanción, antes de iniciar la vigencia fiscal del 1 de enero
Quién
Presidente de la República · MinHacienda (Dirección General del Presupuesto Público Nacional)
Norma
Decreto 111 de 1996, art. 67
  • Qué hace el Gobierno. Dicta el decreto de liquidación con base en el proyecto presentado, inserta las modificaciones del Congreso y anexa el detalle del gasto de la vigencia (Decreto 111/1996).
  • Ley sancionada. El PGN 2026 quedó en la Ley 2559 de 2025, sancionada el 22 de diciembre de 2025, por $546.975.198.920.436 (Ley 2559/2025).
  • Presupuesto por decreto. El PGN 2027 no pasó a sanción: lo expidió el Decreto 1599 de 2026 por $634.952.040.871.099 (Decreto 1599/2026).
Ley 2559 de 2025 (PGN 2026)

7/8 · Ejecución: PAC, CDP, registro presupuestal, obligación y pago

Cuándo
Del 1 de enero al 31 de diciembre
Quién
Entidades ejecutoras (ordenadores del gasto) · Tesoro Nacional · CONFIS
Norma
Decreto 111 de 1996, arts. 71, 73 y 89
  • Tope de caja. Los pagos se sujetan al PAC, que fija el monto máximo mensual de fondos disponibles (Decreto 111/1996).
  • Secuencia. CDP → registro presupuestal → obligación → pago.
  • CDP. Afecta la apropiación de forma previa y transitoria; todavía no es un compromiso (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 89-90).
  • Registro presupuestal. Perfecciona el compromiso, afecta la apropiación de manera definitiva, impide desviar los recursos y no puede superar el valor del CDP.
  • Anualidad. Las apropiaciones son autorizaciones máximas que expiran el 31 de diciembre; los compromisos no cumplidos se constituyen como reservas y las obligaciones causadas y no pagadas, como cuentas por pagar (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 30, 90-92).
  • Caso 2026. El presupuesto contaba con $16,3 billones de una ley de financiamiento que no se aprobó; la Corte declaró inexequible el decreto de emergencia económica con el que se buscaron esos recursos (Corte Constitucional de Colombia, 2026), y el Decreto 1585 de 2026 redujo el presupuesto en $13,8 billones (Decreto 1585/2026).
Portal de Transparencia Económica

8/8 · Seguimiento, cuenta general y fenecimiento

Cuándo
Seguimiento durante la vigencia; cuenta general tras el cierre del año fiscal
Quién
MinHacienda (seguimiento financiero) · DNP (seguimiento a la inversión) · Contraloría General de la República · Comisión Legal de Cuentas de la Cámara
Norma
Constitución, arts. 178 num. 2, 268 num. 15 y 354; Decreto 111 de 1996, art. 92; Ley 5 de 1992, art. 310
  • Seguimiento. MinHacienda hace el seguimiento financiero; el DNP evalúa la gestión y sigue los proyectos de inversión (Decreto 111/1996).
  • Cuenta general. El Contralor General presenta a la Cámara la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro; la Cámara la examina y fenece (Constitución de 1991), previo informe de su Comisión Legal de Cuentas (Ley 5/1992).
  • Balance de la Hacienda. Seis meses después de concluido el año fiscal, el Gobierno envía al Congreso el balance auditado por la Contraloría (Constitución de 1991).
  • En el territorio. El cierre de cada vigencia establece las situaciones de tesorería, presupuestal y fiscal; menos reservas y cuentas por pagar indican una ejecución más eficiente, y un déficit puede obligar a planes de mejoramiento con acompañamiento de MinHacienda (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 106-107).
Contraloría General de la República

El presupuesto en el tiempo, 2021–2026

Composición aprobada de cada vigencia, en billones de pesos corrientes. Mueva el control para leer un año.

Leyes anuales de presupuesto y documentos del Ministerio de Hacienda; la fuente de cada vigencia está en la bibliografía. Pesos corrientes: los valores no están ajustados por inflación.

Aquí se juntan

1 · Donde se juntan

Dos relojes y una sola caja

El plan promete por cuatro años; el presupuesto decide cada año

  • El reloj del plan. Cuatro años, anclados al periodo presidencial: el PND 2026-2030 se radica antes del 7 de febrero de 2027 y el Congreso tiene tres meses para aprobar su plan de inversiones (Ley 152/1994; Constitución de 1991).
  • El reloj del presupuesto. Un año: cada presupuesto se aprueba en el año anterior a su ejecución (Decreto 111/1996).
  • Dónde se cruzan. El PGN 2027 se ajustó en agosto de 2026, ya con el nuevo Gobierno, y se expidió por decreto en octubre (Decreto 1599/2026), antes de que exista el PND 2026-2030. El primer presupuesto que el nuevo plan programará completo es el de 2028.

Por eso, en los pasos que siguen, cada fila compara lo que hace el plan con lo que hace el presupuesto en el mismo momento del ciclo.

De dónde sale y a dónde va: el PGN 2026

Ingresos corrientes: $303,13 billones (55,4 %)Recursos de capital: $176,19 billones (32,2 %)Establecimientos públicos: $29,63 billones (5,4 %)Fondos especiales: $17,48 billones (3,2 %)Ley de financiamiento: $16,29 billones (3,0 %)Contribuciones parafiscales: $4,26 billones (0,8 %)SGP a los territorios: $87,26 billones (16,0 %)Resto del funcionamiento: $270,84 billones (49,5 %)Servicio de la deuda: $100,4 billones (18,4 %)Inversión: $88,4 billones (16,2 %) De dónde sale A dónde va PGN 2026 $546,98 billones Ingresos corrientesRecursos de capitalEstablecimientos públicosFondos especialesLey de financiamientoContribuciones parafiscalesSGP a los territoriosResto del funcionamientoServicio de la deudaInversión $303,13 · 55,4 %$176,19 · 32,2 %$29,63 · 5,4 %$17,48 · 3,2 %$16,29 · 3,0 %$4,26 · 0,8 %$87,26 · 16,0 %$270,84 · 49,5 %$100,4 · 18,4 %$88,4 · 16,2 % Va dentro de funcionamientoPensiones, nómina, salud y otrosIntereses y amortizacionesProyectos del banco

De dónde sale

  • Ingresos corrientes $303,13 billones · 55,4 % Tributarios y no tributarios
  • Recursos de capital $176,19 billones · 32,2 % Crédito, excedentes y rendimientos
  • Establecimientos públicos $29,63 billones · 5,4 % Sus ingresos propios
  • Fondos especiales $17,48 billones · 3,2 % Ingresos con destinación legal
  • Ley de financiamiento $16,29 billones · 3,0 % Rentas que dependían de una ley que no se aprobó
  • Contribuciones parafiscales $4,26 billones · 0,8 % Las que administran órganos del PGN

A dónde va

  • SGP a los territorios $87,26 billones · 16,0 % Va dentro de funcionamiento
  • Resto del funcionamiento $270,84 billones · 49,5 % Pensiones, nómina, salud y otros
  • Servicio de la deuda $100,4 billones · 18,4 % Intereses y amortizaciones
  • Inversión $88,4 billones · 16,2 % Proyectos del banco
Billones de pesos corrientes. Rentas: Ley 2559 de 2025, art. 1, según el detalle publicado en el Diario Oficial n.º 53.343 (Ley 2559/2025); apropiaciones por tipo de gasto: (Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 2025); SGP certificado para 2026: (DNP, 2026, SGP-110). El grosor de cada franja es proporcional a su monto.
  • Cómo leerlo. A la izquierda, las seis rentas que fijó la ley; en el centro, la caja de la Nación; a la derecha, en qué se gasta. Dentro del funcionamiento se separa el SGP, que la Nación transfiere a los territorios.
  • Por qué todo pasa por el centro. Con todas las rentas se pagan todas las apropiaciones (unidad de caja, Decreto 111 de 1996, art. 16): salvo las rentas con destinación específica, ningún ingreso está atado a un gasto en particular (Decreto 111/1996).
  • La franja rayada. $16,3 billones dependían de una ley de financiamiento que no se aprobó; por eso el Gobierno redujo después el presupuesto por decreto (paso 7) (Decreto 1585/2026).
  • Lo que no aparece. El SGR no pasa por esta caja: tiene su propio presupuesto bienal (paso 3) (Ley 2056/2020; Ley 2441/2024).

Dos de cada tres pesos van a funcionamiento, y uno de cada seis sale hacia los territorios como SGP; la inversión, que es la parte que un plan nuevo puede reorientar, no llega a la sexta parte.

Las rentas, una por una: qué impuestos y qué deuda financian el PGN

Renta y complementarios → Ingresos corrientes: $147,49 · 30,8 %IVA, interno y externo → Ingresos corrientes: $114,83 · 24 %Otros tributarios → Ingresos corrientes: $22,84 · 4,8 %Gravamen a los mov. financieros → Ingresos corrientes: $16,61 · 3,5 %No tributarios → Ingresos corrientes: $1,36 · 0,3 %Crédito interno → Recursos de capital: $85,25 · 17,8 %Crédito externo → Recursos de capital: $57,73 · 12 %Excedentes y utilidades → Recursos de capital: $20,44 · 4,3 %Rendimientos, balance y otros → Recursos de capital: $12,77 · 2,7 %Ingresos corrientes → Impuestos: $301,77 · 63 %Ingresos corrientes → Otras rentas: $1,36 · 0,3 %Recursos de capital → Deuda nueva: $142,98 · 29,8 %Recursos de capital → Otras rentas: $33,21 · 6,9 % RentaGrupoNaturaleza Renta y complementarios $147,49 · 30,8 % IVA, interno y externo $114,83 · 24 % Otros tributarios $22,84 · 4,8 % Gravamen a los mov. financieros $16,61 · 3,5 % No tributarios $1,36 · 0,3 % Crédito interno $85,25 · 17,8 % Crédito externo $57,73 · 12 % Excedentes y utilidades $20,44 · 4,3 % Rendimientos, balance y otros $12,77 · 2,7 % Ingresos corrientes $303,13 · 63,2 % Recursos de capital $176,19 · 36,8 % Impuestos $301,77 · 63 % Renta, IVA, GMF y los demás tributos Deuda nueva $142,98 · 29,8 % Crédito interno y externo Otras rentas $34,57 · 7,2 % Empresas, rendimientos y otras

Renta

  • Renta y complementarios $147,49 · 30,8 %
  • IVA, interno y externo $114,83 · 24 %
  • Otros tributarios $22,84 · 4,8 %
  • Gravamen a los mov. financieros $16,61 · 3,5 %
  • No tributarios $1,36 · 0,3 %
  • Crédito interno $85,25 · 17,8 %
  • Crédito externo $57,73 · 12 %
  • Excedentes y utilidades $20,44 · 4,3 %
  • Rendimientos, balance y otros $12,77 · 2,7 %

Grupo

  • Ingresos corrientes $303,13 · 63,2 %
  • Recursos de capital $176,19 · 36,8 %

Naturaleza

  • Impuestos $301,77 · 63 % Renta, IVA, GMF y los demás tributos
  • Deuda nueva $142,98 · 29,8 % Crédito interno y externo
  • Otras rentas $34,57 · 7,2 % Empresas, rendimientos y otras
Billones de pesos corrientes, proyecto del PGN 2026; los porcentajes son sobre las dos primeras rentas ($479,3 billones). Los totales de ingresos corrientes ($303,1) y recursos de capital ($176,2) son los mismos que aprobó la Ley 2559 de 2025, art. 1 (Ley 2559/2025). Desglose: (MinHacienda, 2025, anexos 1 y 2); «otros tributarios» agrupa, entre otros, aduanas, consumo, gasolina, patrimonio y régimen simple. La columna «Naturaleza» es una agrupación propia para leer el diagrama.
  • Los ingresos corrientes. Casi todo es tributario ($301,8 de $303,1): renta y complementarios aporta casi la mitad y el IVA, interno y externo, algo más de la tercera parte (MinHacienda, 2025).
  • Los recursos de capital. Ocho de cada diez pesos son crédito: $85,3 billones de deuda interna y $57,7 de externa; el resto son excedentes de empresas como Ecopetrol y del Banco de la República, rendimientos y recursos del balance (MinHacienda, 2025; Villar Gómez, 2025).
  • La lectura. Uno de cada cuatro pesos del PGN 2026 es endeudamiento nuevo, y una parte similar se va en pagar la deuda anterior (servicio de la deuda, $100,4 billones).

Por eso el Marco Fiscal y la regla fiscal (paso 4) pesan tanto: el presupuesto depende de dos impuestos y del crédito.

Paso 2

Requisitos e instrumentos: qué exige la norma a cada sistema

Pregunta guía¿Qué exigen la Constitución y las leyes orgánicas al plan y al presupuesto, y con qué instrumentos y subsistemas trabaja cada uno?

2 · Planeación

Requisitos e instrumentos del PND

Qué es el PND y qué contiene

  • Qué es. Una ley que fija los objetivos de largo plazo, las metas y prioridades del cuatrienio, las estrategias del Gobierno y el plan de inversiones que las financia (Constitución, art. 339) (Constitución de 1991).
  • Parte general. Propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, metas y prioridades de mediano plazo y estrategias de la política económica, social y ambiental (Constitución de 1991); la Ley 152 añade las formas de armonizar la planeación nacional con la sectorial y la territorial (Ley 152/1994).
  • Plan de inversiones. Presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión, con los recursos que requieren, dentro de un marco que garantice la sostenibilidad fiscal (Constitución de 1991) y en consistencia con la regla fiscal (Ley 152/1994).
  • Quién lo hace. Lo formula el Gobierno, con el DNP como coordinador; lo conceptúa el Consejo Nacional de Planeación y lo aprueba el Congreso (los plazos están en el paso 1) (Constitución de 1991; Ley 152/1994).
  • A quién obliga. Es indicativo para la sociedad y obligatorio para el sector público en sus mandatos de ejecución; los departamentos y municipios hacen sus propios planes (Constitución de 1991).

Los principios de la Ley 152, como preguntas

PrincipioQué exigePregunta para revisar un plan
CoordinaciónArmonía y coherencia entre los niveles nacional, regional y territorial al formular, ejecutar y evaluar los planes¿Qué hacen los departamentos y municipios para la misma meta?
ConsistenciaLos planes de gasto derivados del plan deben ser consistentes con las proyecciones de ingresos y de financiación¿Cabe en lo que el Estado puede recaudar y financiar?
Prioridad del gasto público socialEl número de personas con necesidades básicas insatisfechas como criterio especial en la distribución territorial del gasto¿Llega más a donde más falta?
ContinuidadQue los programas y proyectos incluidos tengan cabal culminación¿Qué pasa con lo que dejó en curso el plan anterior?
ParticipaciónQue se hagan efectivos los procedimientos de participación ciudadana durante la discusión del plan¿Quién fue consultado y qué cambió por ello?
ViabilidadEstrategias, programas y proyectos factibles según las metas, el tiempo, la capacidad de ejecución y los recursos¿Puede hacerse en cuatro años con lo que hay?
CoherenciaRelación efectiva entre los programas y proyectos y las estrategias y objetivos del plan¿Cada programa responde a un objetivo?

Los otros siete principios son autonomía, ordenación de competencias, sustentabilidad ambiental, desarrollo armónico de las regiones, proceso de planeación, eficiencia y conformación de los planes (Ley 152 de 1994, art. 3) (Ley 152/1994).

Tres reglas que definen su naturaleza jurídica

ReglaContenidoEfecto sobre el reparto de poder
PrelaciónLa ley del plan prevalece sobre las demás; sus mandatos son mecanismos idóneos de ejecución y suplen los existentes sin leyes posteriores (Constitución de 1991)Convierte el plan en vehículo de reformas legales, lo que incentiva a incluir normas ajenas a la planeación
Equilibrio y avalEl Congreso modifica el plan de inversiones si mantiene el equilibrio financiero; los proyectos nuevos requieren visto bueno del Gobierno (Constitución de 1991; Ley 152/1994)El Congreso delibera dentro de un techo y con un veto del Ejecutivo
Salida por decretoSi el Congreso no aprueba el plan de inversiones en tres meses, el Gobierno puede expedirlo por decreto con fuerza de ley (Constitución de 1991)La falta de decisión favorece al proyecto del Gobierno

El Congreso delibera y aprueba, mientras el Ejecutivo controla la iniciativa, el veto sobre las inversiones nuevas y la expedición por decreto si el Congreso no aprueba a tiempo; esa distribución está escrita en el art. 341 de la Constitución (Constitución de 1991).

Los instrumentos de la planeación

ComponenteQué esQuién lo decide
Parte generalObjetivos de largo plazo, metas de mediano plazo, estrategiasGobierno formula, Congreso aprueba (Constitución de 1991)
Plan Plurianual de InversionesPresupuestos plurianuales de los principales programas y proyectosGobierno; el Congreso solo modifica con equilibrio y aval (Constitución de 1991)
Mandatos de ejecuciónNormas instrumentales del plan, con prelaciónCongreso, limitado por la unidad de materia (Sentencia C-068/2020)
Planes territorialesPlanes de departamentos, distritos y municipiosGobernadores y alcaldes formulan; asambleas y concejos aprueban (Ley 152/1994)
Sistema Nacional de PlaneaciónConsejo Nacional y consejos territorialesRepresentación sectorial y territorial, consultiva (Constitución de 1991)
Evaluación de gestión y resultadosSeguimiento a metas y evaluación de políticasDNP, por medio de SINERGIA (Constitución de 1991; Departamento Nacional de Planeación, 2026)

La réplica territorial: tres horizontes

HorizonteInstrumentosVigencia
Largo plazoPlan de ordenamiento territorial (POT)Su contenido estructural rige por tres periodos constitucionales (Ley 388/1997)
Mediano plazoMarco Fiscal territorial, programa de gobierno, plan de desarrollo y su plan plurianual de inversionesCuatrienal (Ley 152/1994; Ley 819/2003; Rodríguez Tobo, 2008, pp. 33-34)
Corto plazoPresupuesto anual, POAI y plan de acciónAnual (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 33-34)

2 · Presupuesto

Requisitos, instrumentos y subsistemas del PGN

Las reglas constitucionales, en el orden del ciclo

Art.ReglaEfecto sobre el reparto de poder
345Legalidad: no hay impuesto que no figure en el presupuesto de rentas ni gasto que no esté en la ley de apropiacionesToda erogación necesita autorización previa
346El Gobierno formula y presenta el presupuesto en los primeros diez días de cada legislatura, en un marco de sostenibilidad fiscal y en correspondencia con el PNDLa iniciativa es del Gobierno; el presupuesto queda atado al plan
347La ley de apropiaciones contiene todos los gastos; si los ingresos no alcanzan, se proponen por separado nuevas rentasPermite aprobar gasto con financiación pendiente
348Si el Congreso no expide el presupuesto, rige el del Gobierno con lo aprobado en primer debateLa falta de decisión favorece al proyecto del Gobierno
350El gasto público social tiene prioridad sobre cualquier otra asignaciónProtege el gasto social y aumenta la inflexibilidad
351El Congreso no puede aumentar partidas ni incluir nuevas sin aceptación escrita del ministro del ramoVeto del Ejecutivo sobre los aumentos
352-353Una ley orgánica regula el ciclo; sus principios se aplican a las entidades territorialesEl modelo nacional se replica en el territorio

Fuente: Constitución, título XII, capítulo 3 (Constitución de 1991).

La arquitectura legal, de arriba abajo

  • Estatuto Orgánico del Presupuesto. El Decreto 111 de 1996 compila las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995: sistema, principios y calendario (Decreto 111/1996).
  • Responsabilidad fiscal. La Ley 819 de 2003 agrega el Marco Fiscal de Mediano Plazo (Ley 819/2003).
  • Regla fiscal. La Ley 1473 de 2011, modificada por la Ley 2155 de 2021, fija la regla y el CARF (Ley 1473/2011; Ley 2155/2021).
  • Cada año. La ley anual (o el decreto del art. 348) y su decreto de liquidación concretan la vigencia (Ley 2559/2025; Decreto 1599/2026).

Los principios como preguntas

PrincipioContenidoPregunta que permite hacer
PlanificaciónConcordancia con el PND, el plan de inversiones, el plan financiero y el POAI (art. 13)¿Qué metas del plan financia esta apropiación?
AnualidadEl año fiscal va del 1 de enero al 31 de diciembre (art. 14)¿Cuánto quedó en reservas o expiró?
UniversalidadEl presupuesto contiene la totalidad de los gastos (art. 15)¿Qué gasto ocurre por fuera del PGN?
Unidad de cajaCon todas las rentas se pagan todas las apropiaciones (art. 16)¿Qué rentas con destinación específica rompen la regla?
Programación integralCada programa contempla inversión y funcionamiento (art. 17)¿Quién paga la operación de lo que se construye?
EspecializaciónEl gasto se ejecuta conforme a su objeto y fin (art. 18)¿Se usó el rubro para lo que decía?
Coherencia macroeconómicaCompatible con las metas macroeconómicas (art. 20)¿Es consistente con la inflación y el crecimiento esperados?
Sostenibilidad y estabilidad fiscalEl gasto crece acorde con los ingresos de largo plazo (art. 21)¿Cumple la regla fiscal?

Fuente: Decreto 111 de 1996 (Decreto 111/1996; Rodríguez Tobo, 2008, pp. 30-32). Los principios no se cumplen todos a la vez: leer un presupuesto es identificar cuál cede frente a cuál.

Los instrumentos, del más amplio al más fino

InstrumentoQué fijaHorizonteQuién lo adopta
Plan Plurianual de InversionesLo que el gobierno proyecta invertir por programa en el cuatrienio (Constitución de 1991)CuatrienalCongreso, con el PND
Marco Fiscal de Mediano PlazoIngresos, gastos, déficit y deuda, con metas de superávit primario a diez años (Ley 819/2003)Diez vigenciasGobierno; lo estudian las comisiones económicas
Marco de Gasto de Mediano PlazoTechos de gasto por sector, consistentes con la regla fiscal (Ley 1473/2011)Mediano plazoGobierno
Plan financieroPrevisiones de ingresos, gastos, déficit y financiación, con la meta de inversión (Decreto 111/1996)AnualCONFIS
POAIProyectos de inversión por sectores, órganos y programas (Decreto 111/1996)AnualCONPES
Ley anual y decreto de liquidaciónRentas, apropiaciones y su detalle (Decreto 111/1996)AnualCongreso; Gobierno liquida
PACMonto máximo mensual de fondos disponibles para pagos (Decreto 111/1996)MensualTesorería, con el CONFIS

Cada eslabón es más restrictivo que el anterior: el plan promete, el Marco Fiscal limita, el Marco de Gasto reparte, el POAI elige proyectos, la ley autoriza y el PAC decide cuándo se paga (Ley 1473/2011).

2 · Presupuesto

Los subsistemas: cómo llega el dinero al territorio

Los subsistemas: cuatro canales hacia el territorio

  1. PGN (ley anual)Inversión nacional con proyectos en el territorio y cofinanciación
  2. SGP (Ley 715 de 2001)Transferencia constitucional con destinación: educación, salud, agua y propósito general
  3. SGR (Ley 2056 de 2020)Presupuesto bienal propio (2025-2026: Ley 2441 de 2024); los OCAD aprueban la inversión regional
  4. Recursos propiosPredial, industria y comercio, sobretasas y crédito, con los límites de la Ley 617 de 2000
Presupuesto de la entidad territorial Lo aprueba la asamblea o el concejo y se ejecuta con la misma cadena: CDP, registro, obligación y pago
Plan de desarrollo territorial (cuatro años) Su plan plurianual de inversiones asigna estas fuentes

El SGP crecerá hasta el 39,5 % de los ingresos corrientes de la Nación, a partir de una ley de competencias (Acto Legislativo 03/2024).

Fuentes de financiación de las entidades territoriales: (Ley 715/2001; Ley 617/2000; Ley 2056/2020; Ley 2441/2024; Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana, 2024).
CanalQuién decideDestinación
1. Inversión del PGN en el territorioEntidades nacionales, en la ley anualLa que define cada proyecto nacional (Decreto 111/1996)
2. Sistema General de ParticipacionesFórmula legal, cada añoEducación, salud, agua potable y propósito general (Ley 715/2001; Acto Legislativo 03/2024)
3. Sistema General de RegalíasLey bienal propia; OCAD para la inversión regionalAsignaciones directas, locales, regionales y otras (Ley 2056/2020; Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana, 2024)
4. Recursos propiosAsamblea o concejoPredial, industria y comercio, sobretasas y crédito; libre destinación, con límites al funcionamiento (Ley 617/2000)

La descentralización colombiana es de gasto más que de ingreso: un municipio puede ejecutar mucha inversión decidiendo poco sobre ella. El paso 3 compara el tamaño de cada bolsa.

Paso 3

Cómo se construye el PND y cómo se reparte el presupuesto

Pregunta guía¿Qué apartados mínimos debe tener un plan nacional de desarrollo y, del otro lado, quién reparte el dinero, en qué orden y con qué fórmulas llega a los territorios?

3 · Planeación

Cómo se construye un PND: los apartados mínimos

La lógica: siete preguntas en orden

  • 1. ¿Qué problema hay? El diagnóstico: la situación de la economía, los sectores y los grupos sociales.
  • 2. ¿Qué cambio queremos? Los objetivos nacionales y sectoriales.
  • 3. ¿Cómo sabremos que ocurrió? Las metas, con su indicador, su línea base y su valor esperado al final del cuatrienio.
  • 4. ¿Cómo lo lograremos? Las estrategias y políticas.
  • 5. ¿Qué entregará el Estado? Los programas, subprogramas y proyectos prioritarios, con sus productos.
  • 6. ¿Cuánto cuesta y quién paga? El plan de inversiones: recursos disponibles, costos por año y fuentes.
  • 7. ¿Qué normas necesita? El articulado de la ley: los mandatos para ejecutar el plan.

Las preguntas 1 a 4 forman la parte general del plan (Ley 152 de 1994, art. 5); la 5 y la 6, el plan de inversiones (art. 6) (Ley 152/1994); la 7 es la ley que aprueba el Congreso.

Los apartados mínimos, uno por uno

ApartadoQué debe contenerError frecuenteNorma
1. DiagnósticoEl problema con datos, dónde y a quiénes afecta más, y sus causas; de él resultan los objetivosDescribir el problema sin causasLey 152, art. 5, lit. a (Ley 152/1994)
2. Objetivos, indicadores y metasCada objetivo como un cambio en la población, con indicador de resultado, línea base y meta del cuatrienioRedactar el objetivo como una actividad del GobiernoLey 152, art. 5, lits. a y b
3. Estrategias y políticasLas rutas económicas, sociales y ambientales para lograr los objetivos, una por cada causaEstrategias que no atacan ninguna causaLey 152, art. 5, lit. c
4. Programas, productos y proyectosProgramas y subprogramas con metas nacionales, regionales y sectoriales, proyectos prioritarios y productos del catálogo del DNPProgramas sin responsable ni producto medibleLey 152, art. 6, lit. b (DNP, 2019)
5. Plan plurianual de inversionesRecursos disponibles, costos por año y fuentes de los principales programas, consistentes con la regla fiscalCostear sin fuente o por encima del techo fiscalLey 152, arts. 6 y 7 (Ley 1473/2011)
6. Armonización territorialCómo se vinculan la planeación nacional, sectorial y territorial, y qué fuentes territoriales concurrenMetas nacionales que dependen de recursos que el plan no mencionaLey 152, art. 5, lit. d
7. Mecanismos de ejecución y articuladoLos instrumentos para ejecutar el plan y los artículos de la ley, cada uno conectado con una metaArtículos sin relación con el planLey 152, art. 6, lit. d (Sentencia C-068/2020)
8. SeguimientoIndicadores, responsables y reporte para los planes de acción y la evaluación de resultadosMetas sin línea base ni responsableLey 152, arts. 26 y 29

Los apartados 1, 2, 3 y 6 forman la parte general del plan (art. 5); el 4, el 5 y los mecanismos de ejecución, el plan de inversiones (art. 6) (Ley 152/1994).

Del objetivo al producto: la cadena de valor

  • El objetivo. Dice qué cambio se busca en la población, no qué hará el Gobierno («reducir la brecha de agua potable rural», no «construir acueductos»).
  • El indicador de resultado. Mide ese cambio en la población (por ejemplo, el porcentaje de población rural con acceso a agua potable).
  • El indicador de producto. Mide lo que el Estado entrega (acueductos construidos, personas capacitadas) (DNP, 2019).
  • Qué le toca al plan. El plan fija las metas de producto y de resultado; los proyectos ponen los insumos y las actividades. La cadena completa, y su encuentro con el presupuesto, está en el paso 7 (DNP, 2019).

Un plan sin línea base no se puede evaluar: la evaluación de resultados compara la meta con lo logrado, y para eso necesita el punto de partida (Ley 152/1994).

Cómo se ve en una ley real: la Ley 2294 de 2023

  • Cómo se ve. En la Ley 2294 de 2023: art. 1, objetivos; art. 2, las Bases del Plan como parte integral de la ley; arts. 3 y 4, transformaciones y ejes transversales; art. 5, plan de inversiones; art. 6, consistencia fiscal; después, los mecanismos de ejecución (Ley 2294/2023).
  • Las Bases. Son el documento técnico con el diagnóstico, los objetivos, las estrategias y las metas; la ley las incorpora como anexo (Ley 2294/2023).
  • Los mandatos. Artículos que crean programas, autorizan fondos o modifican normas para poder ejecutar el plan; tienen prelación sobre las demás leyes (Constitución de 1991).
  • El límite. Cada artículo debe tener un vínculo directo e inmediato con los objetivos y metas del plan (unidad de materia) (Sentencia C-068/2020).

Lista de chequeo para armar (o revisar) un PND

PiezaPregunta de controlNorma
Diagnóstico¿Tiene datos, población afectada y causas?Ley 152, art. 5 a (Ley 152/1994)
Objetivos y metas¿Cada objetivo tiene indicador de resultado, línea base y meta?Ley 152, art. 5 a y b
Estrategias¿Cada causa del diagnóstico tiene una estrategia?Ley 152, art. 5 c
Programas y productos¿Cada estrategia tiene programas, productos con meta y responsable?Ley 152, art. 6 b
Plan plurianual¿Cada producto está costeado por año y por fuente?Ley 152, arts. 6 y 7
Consistencia fiscal¿Lo financiado con el PGN cabe en el Marco Fiscal?Ley 152, art. 6, par. (Ley 1473/2011)
Territorio¿Se dice qué fuentes y qué entidades territoriales concurren?Ley 152, art. 5 d
Articulado¿Cada artículo se conecta con una meta del plan?Constitución, art. 158 (Sentencia C-068/2020)
Seguimiento¿Quién reporta, con qué indicador y cada cuánto?Ley 152, arts. 26 y 29

3 · Presupuesto

Cómo se reparte el presupuesto y sus subsistemas

Tres bolsas, tres reglas: PGN, SGP y SGR

PGN 2026 $546,98 billones

Presupuesto anual de la Nación · la franja interior es el SGP

SGP 2026 $87,26 billones

Sale del PGN hacia los territorios, con destino fijo

SGR, promedio anual $12,77 billones

Fuera del PGN: $25,5 aprobados para 2025-2026; más $31,7 de saldos no ejecutados de bienios anteriores (rayado)

Billones de pesos corrientes. PGN 2026: (Ley 2559/2025); SGP 2026 certificado por MinHacienda (doce doceavas de educación y once de las demás participaciones): (DNP, 2026, SGP-110); SGR 2025-2026: Ley 2441 de 2024, art. 1 (Ley 2441/2024), y saldos incorporados después según (Observatorio Fiscal, 2025). El SGR se muestra en promedio anual para compararlo.
PGNSGPSGR
De dónde saleImpuestos nacionales, crédito y demás rentas de la NaciónUna parte de los ingresos corrientes de la Nación (Constitución, arts. 356-357) (Constitución de 1991; Acto Legislativo 03/2024)Las regalías por explotar recursos no renovables (arts. 360-361) (Constitución de 1991)
¿Pasa por el PGN?Es el PGNSí: se apropia como transferencia, dentro de funcionamientoNo: tiene presupuesto propio (Ley 2056/2020)
VigenciaAnualAnual, girado en doceavasBienal (Ley 2441/2024)
Monto$547,0 billones (2026)$87,3 billones (2026)$25,5 billones aprobados para dos años, más $31,7 de saldos no ejecutados (Observatorio Fiscal, 2025)

El SGP es dinero de la Nación que pasa por el PGN y llega con destino fijo; el SGR es dinero de los territorios que nunca entra al PGN. Quién decide en cada canal está en el paso 2; aquí se ve cuánto pesa cada uno y, en las láminas siguientes, cómo se reparte por dentro.

Cómo se reparte el SGP: por fórmula legal

  • Qué es. La transferencia de la Nación a departamentos, distritos, municipios y entidades territoriales indígenas para financiar los servicios a su cargo (Constitución, art. 356) (Constitución de 1991).
  • Primer corte. Se descuentan las asignaciones especiales previstas en la ley (Ley 715/2001).
  • Segundo corte. El resto se reparte en cuatro participaciones con destinación específica (Ley 715 de 2001, art. 4, modificado por la Ley 1176 de 2007) (Ley 715/2001; Ley 1176/2007).
Participación% del SGP
Educación58,5
Salud24,5
Propósito general11,6
Agua potable y saneamiento básico5,4
Total100,0

El SGP crecerá hasta el 39,5 % de los ingresos corrientes de la Nación en doce años, a partir del año siguiente a la ley de competencias y no antes de 2027 (Constitución, art. 357) (Acto Legislativo 03/2024).

3 · Presupuesto

Cómo se reparte por dentro

En qué se reparte: funcionamiento, deuda e inversión

PGN 2026 → Otro funcionamiento: $270,84 · 49,5 %PGN 2026 → SGP: $87,26 · 16 %PGN 2026 → Servicio de la deuda: $100,4 · 18,4 %PGN 2026 → Inversión: $88,4 · 16,2 %Otro funcionamiento → Entidades nacionales: $270,84 · 49,5 %Servicio de la deuda → Entidades nacionales: $100,4 · 18,4 %Inversión → Entidades nacionales: $88,4 · 16,2 %SGP → Educación: $49,62 · 9,1 %SGP → Salud: $20,04 · 3,7 %SGP → Propósito general: $9,51 · 1,7 %SGP → Agua potable: $4,43 · 0,8 %SGP → Asignaciones especiales: $3,66 · 0,7 % PresupuestoTipo de gastoQuién lo ejecuta PGN 2026 $546,9 · 100 % Otro funcionamiento $270,84 · 49,5 % SGP $87,26 · 16 % Servicio de la deuda $100,4 · 18,4 % Inversión $88,4 · 16,2 % Entidades nacionales $459,64 · 84 % El resto lo ejecutan los territorios Educación $49,62 · 9,1 % Salud $20,04 · 3,7 % Propósito general $9,51 · 1,7 % Agua potable $4,43 · 0,8 % Asignaciones especiales $3,66 · 0,7 %

Presupuesto

  • PGN 2026 $546,9 · 100 %

Tipo de gasto

  • Otro funcionamiento $270,84 · 49,5 %
  • SGP $87,26 · 16 %
  • Servicio de la deuda $100,4 · 18,4 %
  • Inversión $88,4 · 16,2 %

Quién lo ejecuta

  • Entidades nacionales $459,64 · 84 % El resto lo ejecutan los territorios
  • Educación $49,62 · 9,1 %
  • Salud $20,04 · 3,7 %
  • Propósito general $9,51 · 1,7 %
  • Agua potable $4,43 · 0,8 %
  • Asignaciones especiales $3,66 · 0,7 %
Billones de pesos corrientes. Apropiaciones por tipo de gasto: (Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 2025); SGP 2026 por participación, según lo certificado por MinHacienda (doce doceavas de educación y once de las demás): (DNP, 2026, SGP-110, tabla 1). Las asignaciones especiales son FONPET, resguardos indígenas, municipios ribereños del Magdalena y alimentación escolar.
  • 2027. Expedido por decreto por $634,95 billones (Decreto 1599/2026); el proyecto lo distribuía en 62 % de funcionamiento, 24 % de deuda y 14 % de inversión (Cámara de Representantes, 2026).
  • Primero: participación. Cuánto pesa cada tipo de gasto en el total y quién lo ejecuta: de los $87,3 billones del SGP, más de la mitad es educación, y todo lo ejecutan los territorios.
  • Segundo: inflexible o discrecional. Es inflexible todo componente cuya inclusión no depende de quien decide en el corto plazo (Echeverry et al., 2004): las transferencias del SGP, las pensiones y los intereses lo son.
  • Tercero: comparar con cautela. Las series en pesos corrientes no equivalen a crecimiento real.
  • Lectura previa. La Guía ciudadana al Presupuesto General de la Nación explica esta estructura en lenguaje no técnico (Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana, 2022).

La composición del gasto es muy inflexible (Comisión del Gasto y la Inversión Pública, 2018): el margen real de un gobierno nuevo se juega en la inversión, que es también la variable de ajuste.

Cómo se reparte el SGR: por asignaciones

Ingresos del SGR → Productores: 25 %Ingresos del SGR → Inversión territorial: 49,5 %Ingresos del SGR → Ciencia y ambiente: 11 %Ingresos del SGR → Operación y control: 3 %Ingresos del SGR → Ahorro: 11,5 %Productores → Asignaciones directas: 20 %Productores → Participación adicional: 5 %Inversión territorial → Inversión regional: 34 %Inversión territorial → Inversión local: 15 %Inversión territorial → Río Magdalena: 0,5 %Ciencia y ambiente → Ciencia y tecnología: 10 %Ciencia y ambiente → Ambiental: 1 %Operación y control → Funcionamiento: 2 %Operación y control → Seguimiento y control: 1 %Ahorro → Remanente: FAE y FONPET: 11,5 % IngresosDestinoAsignación Ingresos del SGR 100 % Productores 25 % Inversión territorial 49,5 % Ciencia y ambiente 11 % Operación y control 3 % Ahorro 11,5 % Asignaciones directas 20 % Participación adicional 5 % Inversión regional 34 % Inversión local 15 % Río Magdalena 0,5 % Ciencia y tecnología 10 % Ambiental 1 % Funcionamiento 2 % Seguimiento y control 1 % Remanente: FAE y FONPET 11,5 %

Ingresos

  • Ingresos del SGR 100 %

Destino

  • Productores 25 %
  • Inversión territorial 49,5 %
  • Ciencia y ambiente 11 %
  • Operación y control 3 %
  • Ahorro 11,5 %

Asignación

  • Asignaciones directas 20 %
  • Participación adicional 5 %
  • Inversión regional 34 %
  • Inversión local 15 %
  • Río Magdalena 0,5 %
  • Ciencia y tecnología 10 %
  • Ambiental 1 %
  • Funcionamiento 2 %
  • Seguimiento y control 1 %
  • Remanente: FAE y FONPET 11,5 %
Porcentaje de los ingresos corrientes del SGR, según la Ley 2056 de 2020, art. 22 (Ley 2056/2020). La columna «Destino» es una agrupación propia; el remanente es lo que queda después de las demás asignaciones (100 − 88,5). El mayor recaudo se reparte con otra regla (parágrafo del mismo artículo).
AsignaciónPara qué
Inversión regionalProyectos de departamentos, municipios y distritos; los aprueban los OCAD
Asignaciones directasTerritorios donde se explotan recursos no renovables y municipios con puertos por donde se transportan, más 5 % adicional para los municipios productores
Inversión localMunicipios más pobres, según necesidades básicas insatisfechas y población
Ciencia, tecnología e innovaciónProyectos de ciencia, tecnología e innovación
Funcionamiento y fiscalizaciónOperación del sistema y fiscalización de la exploración y la explotación
AmbientalÁreas ambientales estratégicas y lucha contra la deforestación
Seguimiento, evaluación y controlLa mitad, para la Contraloría
Río MagdalenaMunicipios ribereños, por medio de Cormagdalena
RemanenteLo que queda tras las demás: ahorro pensional territorial (FONPET) y Fondo de Ahorro y Estabilización (este, como mínimo la mitad)

Fuente: Ley 2056 de 2020, art. 22 (Ley 2056/2020). El SGR tiene presupuesto bienal propio, independiente del PGN; el del bienio 2025-2026 es la Ley 2441 de 2024 (Ley 2441/2024).

Paso 4

Unificación: el PND sobre el Marco Fiscal y sus sustentos

Pregunta guía¿Cómo se asegura que lo que promete el plan quepa en lo que el Estado puede gastar y endeudarse?

4 · Planeación

El plan de inversiones, sobre el techo fiscal

¿El PND trae dinero o solo estrategia?

  • Las dos cosas. La parte general es la estrategia; el plan de inversiones es el dinero: presupuestos plurianuales de los principales programas y la especificación de sus recursos (Constitución de 1991; Ley 152/1994).
  • Cuánto, en el plan vigente. El Plan Nacional de Inversiones 2023-2026 «se estima» en $1.154,8 billones de pesos constantes de 2022, con un componente para la paz de $50,4 billones (Ley 2294/2023).
  • Es una estimación. La cifra no autoriza gastar: las leyes anuales de presupuesto pueden aumentar o disminuir las partidas y recursos aprobados en la ley del plan (Constitución de 1991).
  • Con varias fuentes. El PGN pone la mitad; el resto lo proyectan el SGP, los territorios, las empresas públicas, el SGR y la cooperación, que no se deciden en la ley anual (Ley 2294/2023).
Fuente del plan 2023-2026Billones de 2022%
PGN577,450,0
SGP268,823,3
Territoriales145,812,6
Empresas públicas106,49,2
SGR47,44,1
Cooperación9,10,8
Total1.154,8100,0

Fuente de la tabla: Ley 2294 de 2023, art. 5, tabla I (Ley 2294/2023). El PND dice en qué y cuánto, de forma indicativa y plurianual; solo el presupuesto anual autoriza el gasto.

El filtro fiscal del plan

  • Dentro del Gobierno. Antes de que el CONPES apruebe el plan, su componente de inversiones necesita el concepto previo del CONFIS sobre sus implicaciones fiscales (Ley 152 de 1994, art. 17) (Ley 152/1994).
  • La regla. El plan de inversiones debe guardar consistencia con la regla fiscal del Marco Fiscal de Mediano Plazo (art. 6, parágrafo) (Ley 152/1994; Ley 1473/2011).
  • En la ley del plan. Lo que se financie con el PGN no puede superar los recursos disponibles según el Marco Fiscal (Ley 2294/2023).
  • En el Congreso. Todo cambio al plan de inversiones debe mantener el equilibrio financiero (art. 22) (Ley 152/1994); se ve en el paso 5.

Cómo el PND fija los focos: por transformación

Transformación o ejeBillones de 2022
Seguridad humana y justicia social743,7
Convergencia regional138,4
Transformación productiva, internacionalización y acción climática114,4
Estabilidad macroeconómica (eje transversal)83,4
Derecho humano a la alimentación46,1
Ordenamiento del territorio alrededor del agua y justicia ambiental28,8
Total1.154,8

Las cinco transformaciones de la ley (art. 3) y sus ejes transversales (art. 4) son los focos; la tabla II del art. 5 les asigna recursos indicativos (Ley 2294/2023). Casi dos de cada tres pesos van a seguridad humana, que incluye la protección social.

4 · Presupuesto

El Marco Fiscal y sus sustentos

El Marco Fiscal de Mediano Plazo

  • Qué es. El documento en el que el Gobierno proyecta ingresos, gastos, déficit y deuda, y fija las metas de superávit primario que permiten cumplir la regla fiscal (Ley 819/2003; Ley 1473/2011).
  • Quién y cuándo. El Gobierno lo presenta a las comisiones económicas del Congreso antes del 15 de junio de cada año; se discute con prioridad durante el primer debate del presupuesto (Ley 819 de 2003, art. 1) (Ley 819/2003).
  • Qué contiene, como mínimo. El plan financiero, un programa macroeconómico plurianual, las metas de superávit primario y de deuda con su análisis de sostenibilidad, los resultados del año anterior, el costo fiscal de las exenciones tributarias y de las leyes sancionadas, y los pasivos contingentes (art. 1) (Ley 819/2003).
  • Para qué sirve. Todo proyecto de ley que ordene gasto debe explicitar su costo fiscal y ser compatible con el Marco (art. 7) (Ley 819/2003).

La regla fiscal y quién la vigila

  • En la Constitución. Desde el Acto Legislativo 3 de 2011, la sostenibilidad fiscal es un principio constitucional (Acto Legislativo 3/2011).
  • La regla. La Ley 1473 de 2011, modificada por la Ley 2155 de 2021, fija un ancla de deuda neta de 55 % del PIB y un límite de 71 % (Ley 1473/2011; Ley 2155/2021).
  • El vigilante. El Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF) hace seguimiento técnico y emite conceptos no vinculantes (Ley 2155/2021).
  • A quién ata. El Marco de Gasto, el plan plurianual del PND y las leyes de presupuesto deben ser consistentes con la regla (Ley 1473/2011).

El Marco de Gasto de Mediano Plazo

  • Qué es. La distribución del límite de gasto entre sectores para los años siguientes: los techos con los que cada ministerio prepara su presupuesto.
  • Por qué importa. Es el momento en que la promesa del plan se encuentra con el techo fiscal: si el techo del sector es menor que lo proyectado en el plan plurianual, alguna meta se aplaza.

El plan financiero

  • Qué es. Instrumento de planificación y gestión financiera con las previsiones de ingresos, gastos, déficit y su financiación (Decreto 111 de 1996, art. 7) (Decreto 111/1996).
  • Quién. Lo aprueba el CONFIS y hace parte del Marco Fiscal (Ley 819/2003).
  • La cifra clave. Fija la meta de inversión del sector público, sobre la que se arma el POAI (art. 49) (Decreto 111/1996).

Aquí se juntan

4 · Donde se juntan

Una sola cuenta: plan y presupuesto sobre el mismo techo

Arquitectura de la planeación y el presupuesto

  1. Largo plazoMás de un periodo

    Planeación
    Fines y territorio
    • Constitución, arts. 339-344
    • Visión y diagnóstico territorial
    • POT: su contenido estructural rige tres periodos (Ley 388 de 1997)
    Bisagra
    Principio de planificación
    • El presupuesto debe corresponder al Plan Nacional de Desarrollo (Constitución, art. 346)
    Presupuesto
    Sostenibilidad fiscal
    • Constitución, arts. 334 y 345-355
    • Regla fiscal: ancla de deuda neta de 55 % y límite de 71 % del PIB (Ley 1473 de 2011, mod. Ley 2155 de 2021)
  2. Mediano plazoCuatro a diez años

    Planeación
    Plan Nacional de Desarrollo
    • Parte general: objetivos, metas y estrategias, en una ley con prelación
    • Plan Plurianual de Inversiones
    • Réplica territorial: planes de desarrollo de cuatro años
    Bisagra
    Consistencia obligatoria
    • Plan de inversiones, Marco de Gasto, plan financiero, POAI y proyecto de PGN deben ser consistentes con la regla fiscal (Ley 1473 de 2011, art. 4)
    Presupuesto
    Marco Fiscal de Mediano Plazo
    • Metas de balance y de deuda a diez años (Ley 819 de 2003)
    • Marco de Gasto de Mediano Plazo: techos por sector
  3. Corto plazoAnual

    Planeación
    Ejecución del plan
    • Planes indicativos y planes de acción anuales (Ley 152 de 1994, arts. 26 y 41)
    • Documentos CONPES de política
    • Seguimiento en SINERGIA
    Bisagra
    Programación anual
    • Plan financiero (CONFIS) y POAI (CONPES), en concordancia con el plan de inversiones (Decreto 111 de 1996, art. 8)
    Presupuesto
    Presupuesto General de la Nación
    • Ley anual: rentas y apropiaciones de funcionamiento, deuda e inversión
    • Decreto de liquidación y PAC
    • CDP → registro → obligación → pago

Punto de encuentroEl proyecto de inversión

  1. 1Se formula en la MGA, con su cadena de valor
  2. 2Se registra viable, en el banco de proyectos (PIIP)
  3. 3Se prioriza en el POAI que aprueba el CONPES
  4. 4Se apropia en el PGN y se ejecuta
  5. 5Entrega productos que miden las metas del PND
Dos rutas, tres horizontes y una bisagra: cada fila baja del fin al gasto, y la columna central muestra las reglas que obligan a ambas rutas a corresponderse. Elaboración propia con base en (Constitución de 1991; Ley 152/1994; Ley 388/1997; Decreto 111/1996; Ley 819/2003; Ley 1473/2011; Ley 2155/2021; Rodríguez Tobo, 2008, pp. 33-34).

La codependencia, en dos direcciones

DirecciónQué necesitaReglaSi falla
El plan depende del presupuestoQue sus metas tengan recursos cada añoEl plan de inversiones es indicativo; las leyes anuales pueden aumentar o disminuir sus partidas (Constitución de 1991)Metas sin financiación: la promesa se renegocia cada año
El presupuesto depende del planQue su inversión se justifique como políticaEl presupuesto debe corresponder al PND (Constitución de 1991); principio de planificación y POAI en concordancia con el plan de inversiones (Decreto 111/1996)Gasto sin dirección: se reproduce la base del año anterior

Qué instrumento responde cada pregunta

PreguntaInstrumentoNorma
¿Cuánto dinero hay?Marco Fiscal de Mediano Plazo y plan financiero(Ley 819/2003; Decreto 111/1996)
¿Cuánto le toca a cada sector?Marco de Gasto de Mediano Plazo(Ley 1473/2011)
¿En qué invertir en el cuatrienio?Plan Plurianual de Inversiones del PND(Constitución de 1991; Ley 2294/2023)
¿En qué proyectos este año?POAI: lo elabora el DNP con MinHacienda sobre la meta de inversión del plan financiero; lo aprueba el CONPES(Decreto 111/1996)
¿Cuánto se autoriza gastar?Ley anual de presupuesto y decreto de liquidación(Constitución de 1991; Decreto 111/1996)
¿Qué hace cada entidad?Plan de acción, preparado con base en el PND(Ley 152/1994)
¿Cuándo se paga?PAC(Decreto 111/1996)
¿Se logró la meta?SINERGIA y seguimiento del proyecto(Departamento Nacional de Planeación, 2026; DNP, 2023b)

Paso 5

El concepto y el Congreso

Pregunta guía¿Quién conceptúa antes del Congreso, cómo se debate cada proyecto y qué puede cambiar el Congreso en cada caso?

5 · Planeación

Del Consejo Nacional de Planeación al Congreso

Antes del Congreso: CONPES y Consejo Nacional de Planeación

  • CONPES. El DNP presenta el proyecto al CONPES, que aprueba un documento consolidado; el plan de inversiones requiere antes el concepto del CONFIS (Ley 152 de 1994, art. 17) (Ley 152/1994).
  • El Consejo Nacional de Planeación. Lo integran representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales; es consultivo y sirve de foro para discutir el plan (Constitución, art. 340) (Constitución de 1991). La Ley 2322 de 2023 ajustó su composición (Ley Orgánica 2322 de 2023).
  • Plazos. Recibe el proyecto a más tardar el 15 de noviembre y conceptúa antes del 10 de enero; si no se pronuncia, el requisito se entiende surtido. Ese 15 de noviembre el Presidente envía copia al Congreso (Ley 152 de 1994, art. 18) (Ley 152/1994).
  • Después del concepto. El CONPES hace las enmiendas que considere y el Gobierno, por medio de MinHacienda, radica el proyecto antes del 7 de febrero, en sesiones extraordinarias (art. 19) (Ley 152/1994).

El concepto del Consejo es obligatorio de pedir, pero no de seguir.

El trámite en el Congreso

  • Primer debate. Comisiones de asuntos económicos de ambas cámaras, en sesión conjunta, en un término improrrogable de 45 días (Ley 152 de 1994, art. 20) (Ley 152/1994).
  • Segundo debate. Cada plenaria decide en otros 45 días improrrogables (art. 21) (Ley 152/1994).
  • El vocero. El director del DNP asesora al Congreso y lleva la vocería del Gobierno ante las comisiones cuando el Presidente se lo encomienda (art. 24) (Ley 152/1994).
  • El plazo constitucional. Tres meses para aprobar el plan de inversiones (Constitución, art. 341) (Constitución de 1991).

Qué puede cambiar el Congreso

  • El plan de inversiones. Puede modificarlo en cualquier momento del trámite si mantiene el equilibrio financiero; incluir o modificar programas y proyectos requiere aprobación escrita del Gobierno, por conducto de MinHacienda (Ley 152 de 1994, art. 22) (Ley 152/1994).
  • Entre cámaras. Si una plenaria cambia el texto, la otra debe aprobarlo; si no lo hace, una comisión accidental dirime el desacuerdo (art. 22) (Ley 152/1994).
  • El Gobierno también. Puede modificar cualquier parte del plan durante el trámite, con las mismas reglas para el plan de inversiones (art. 23) (Ley 152/1994).
  • El límite. Cada artículo debe tener un vínculo directo e inmediato con los objetivos y metas del plan (unidad de materia) (Sentencia C-068/2020).

5 · Presupuesto

Del Marco Fiscal al Congreso

Antes del Congreso: anteproyecto y Marco Fiscal

  • Abril. El Gobierno presenta a las comisiones económicas el anteproyecto del presupuesto (Decreto 111 de 1996, art. 51) (Decreto 111/1996).
  • Junio. Antes del 15 de junio presenta el Marco Fiscal, que se discute con prioridad durante el primer debate del presupuesto (Ley 819 de 2003, art. 1) (Ley 819/2003).
  • Julio. Radica el proyecto en los primeros diez días de la legislatura (Constitución, art. 346; Decreto 111 de 1996, art. 52) (Constitución de 1991; Decreto 111/1996).
  • Si no alcanza. Si los ingresos no cubren los gastos, propone por separado nuevas rentas, y el presupuesto puede aprobarse sin que esa ley esté lista (Constitución, art. 347) (Constitución de 1991).

A diferencia del plan, ningún consejo de la sociedad conceptúa sobre el presupuesto: el filtro previo es fiscal.

El trámite en el Congreso

  • Primer debate. En sesión conjunta de las comisiones económicas (art. 57); deciden el monto antes del 15 de septiembre y aprueban el proyecto antes del 25 de septiembre (art. 56) (Decreto 111/1996; Ley Orgánica 1985 de 2019).
  • Segundo debate. Las plenarias empiezan el 1 de octubre; si no expiden el presupuesto antes de la medianoche del 20 de octubre, rige el proyecto del Gobierno con lo aprobado en primer debate (art. 59) (Decreto 111/1996).
  • El límite del Congreso. No puede aumentar partidas ni incluir nuevas sin aceptación escrita del ministro del ramo (Constitución, art. 351) (Constitución de 1991).
  • Qué contiene la ley. Presupuesto de rentas, presupuesto de gastos o ley de apropiaciones y disposiciones generales (Decreto 111 de 1996, art. 11) (Decreto 111/1996).

Qué puede cambiar el Congreso

  • Aumentar. No puede aumentar partidas ni incluir nuevas sin aceptación escrita del ministro del ramo (Constitución, art. 351) (Constitución de 1991).
  • Reducir. Puede eliminar o reducir partidas, salvo las del servicio de la deuda, las demás obligaciones contractuales, la atención completa de los servicios ordinarios y las inversiones de los planes del artículo 341 (art. 351) (Constitución de 1991).
  • En la práctica. Las reasignaciones se negocian en subcomisiones informales sobre una ley poco desagregada: en el PGN 2020 hubo cambios en 28 de 32 sectores (Salinas Esteban, 2021).
  • El apoyo técnico. Desde 2019 el Congreso cuenta con una Oficina de Asistencia Técnica Presupuestal (Ley Orgánica 1985 de 2019).

Aquí se juntan

5 · Frente a frente

Dos trámites, el mismo reparto de poder

Los dos trámites, comparados

RasgoPNDPGN
Quién lo presentaGobierno, por MinHacienda, antes del 7 de febrero (Ley 152/1994)Gobierno, por MinHacienda, en los primeros diez días de la legislatura (Constitución de 1991)
Concepto previoCONFIS (fiscal) y Consejo Nacional de Planeación (consultivo)Marco Fiscal, discutido en el primer debate (Ley 819/2003)
Primer debateComisiones económicas conjuntas, 45 díasComisiones económicas conjuntas; monto antes del 15 de septiembre (Decreto 111/1996)
Segundo debatePlenarias, 45 díasPlenarias, del 1 al 20 de octubre
Cambios del CongresoCon equilibrio financiero y aval escrito de MinHaciendaAumentos solo con aceptación escrita del ministro del ramo
Si el Congreso no decideEl Gobierno expide el plan de inversiones por decreto con fuerza de leyRige el proyecto del Gobierno con lo aprobado en primer debate

Los dos trámites reparten el poder del mismo modo: el Gobierno propone, el Congreso delibera dentro de un techo y, si no decide a tiempo, gana el proyecto del Gobierno.

Paso 6

Aceptación o fin del proceso

Pregunta guía¿Cómo termina cada proceso, qué pasa si el Congreso no decide y qué se pone en marcha una vez hay ley o decreto?

6 · Planeación

El PND: ley, decreto o caída

Tres finales posibles

  • Ley. El Congreso aprueba y el Presidente sanciona: así nació el plan 2022-2026, la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023 (Ley 2294/2023).
  • Decreto. Si en tres meses no se aprueba el plan de inversiones, el Gobierno puede ponerlo en vigencia con un decreto con fuerza de ley (Constitución, art. 341; Ley 152 de 1994, art. 25) (Constitución de 1991; Ley 152/1994).
  • Caída. La Corte puede declararlo inexequible: en 2000 cayeron el plan 1999-2002 y el decreto que lo sustituyó (Sentencia C-557/2000; Sentencia C-1403/2000); también puede retirar artículos sueltos por unidad de materia (Sentencia C-068/2020).

Del plan aprobado a cada entidad

  • Planes de acción. Con base en el PND aprobado, cada organismo prepara su plan de acción (Ley 152 de 1994, art. 26) (Ley 152/1994).
  • Plan indicativo. Cada entidad nacional elabora un plan indicativo cuatrienal con planes de acción anuales, base de la evaluación de resultados (art. 29) (Ley 152/1994).
  • Evaluación. El DNP diseña los sistemas de evaluación de gestión y resultados y presenta al CONPES, en abril de cada año, un informe que sirve de base al plan de inversiones del año siguiente (art. 29) (Ley 152/1994); en la práctica, SINERGIA (Departamento Nacional de Planeación, 2026).

El seguimiento se diseña al formular el plan: si una meta no tiene indicador, línea base y responsable desde el principio, no podrá medirse después.

Del plan nacional a los planes territoriales

  • El punto de partida. El alcalde o gobernador electo orienta su plan según el programa de gobierno con que se inscribió (Ley 152 de 1994, art. 39) (Ley 152/1994).
  • Aprobación. El plan va a la asamblea o al concejo dentro de los primeros cuatro meses del periodo; deben decidir en el mes siguiente y, si no lo hacen, el gobernador o alcalde puede adoptarlo por decreto (art. 40) (Ley 152/1994).
  • Cambios. Toda modificación de la asamblea o el concejo requiere aceptación previa y escrita del gobernador o alcalde (art. 40) (Ley 152/1994).
  • Armonía. Los planes territoriales deben tener en cuenta las políticas y estrategias del PND, sin perjuicio de su autonomía (art. 32) (Ley 152/1994).

El territorio replica el mismo diseño: iniciativa del Ejecutivo, deliberación con veto y salida por decreto.

6 · Presupuesto

El PGN: ley o decreto, y su liquidación

Dos finales posibles

  • Ley. Si las plenarias lo expiden antes de la medianoche del 20 de octubre, se sanciona como ley: así ocurrió con el PGN 2026, la Ley 2559 de 2025, por $546,98 billones (Decreto 111/1996; Ley 2559/2025).
  • Decreto. Si no, rige el proyecto del Gobierno con las modificaciones aprobadas en primer debate (Constitución, art. 348; Decreto 111 de 1996, art. 59) (Constitución de 1991; Decreto 111/1996).
  • El caso de 2027. Es el final que tuvo el PGN 2027, expedido con el Decreto 1599 de 2026 (la secuencia está en el paso 1) (Decreto 1599/2026).
  • Si ni siquiera se presenta. Rige el presupuesto del año anterior, y el Gobierno puede reducir gastos (Constitución, art. 348) (Constitución de 1991).

El decreto de liquidación

  • Qué es. El decreto del Gobierno que convierte la ley en el presupuesto que se ejecuta (Decreto 111 de 1996, art. 67) (Decreto 111/1996).
  • Cómo se hace. Toma como base el proyecto del Gobierno, inserta las modificaciones del Congreso y lleva un anexo con el detalle del gasto del año (art. 67) (Decreto 111/1996).
  • Por qué importa. La ley aprueba grandes agregados; el detalle por proyecto que las entidades ejecutan está en el anexo del decreto (Salinas Esteban, 2021).

El PAC: cuánto se puede pagar cada mes

  • Qué es. El Programa Anual Mensualizado de Caja: define el monto máximo mensual de fondos disponibles en la Cuenta Única Nacional para cada órgano (Decreto 111 de 1996, art. 73) (Decreto 111/1996).
  • La regla. Los pagos se sujetan a los montos aprobados en el PAC (art. 73) (Decreto 111/1996).
  • Por qué importa. Tener apropiación no es tener caja: una entidad puede tener contratos firmados y no poder pagarlos ese mes.

Paso 7

La intervención pública: de lo planeado a lo ejecutado

Pregunta guía¿Cómo se convierte lo que planearon la Nación, las entidades y los territorios en un proyecto que se contrata, se paga y entrega un producto?

7 · El proyecto

Formular, viabilizar y programar: la MGA y el banco de proyectos

Formular en la MGA

  • Identificar. Se define la situación negativa, sea un problema o una oportunidad desaprovechada, con los pasos del marco lógico (DNP, 2023a, pp. 15-16).
  • Comparar. Se comparan alternativas de solución y se identifican los productos que podrían resolverla.
  • Madurar. El proyecto avanza por perfil, prefactibilidad y factibilidad según su magnitud.
  • Armar la cadena. Cada objetivo específico se materializa en al menos un producto (un bien o servicio entregado), con un mínimo de dos actividades por producto (DNP, 2019, pp. 6, 13).
  • Estandarizar. Los productos salen del catálogo sectorial del DNP, con indicadores principales y secundarios y su unidad de medida (DNP, 2019, p. 14).

La MGA es la misma para toda fuente: un proyecto de un ministerio, de una gobernación o del SGR se formula con el mismo método (DNP, 2023a, p. 3).

Viabilizar y registrar

  • La regla. Ningún programa o proyecto del PGN se ejecuta sin evaluación del órgano competente y registro en el banco nacional de programas y proyectos (Decreto 111/1996).
  • Filtro 1: la entidad ejecutora. Su oficina de planeación verifica requisitos: título de gasto, relación con la misión, consistencia de las evaluaciones y análisis de riesgos (DNP, 2023b, pp. 50-51).
  • Filtro 2: la cabeza de sector. El ministerio o departamento administrativo emite concepto sectorial de viabilidad.
  • Filtro 3: el DNP. Sus direcciones técnicas ejercen el control definitivo de viabilidad de los proyectos del PGN (DNP, 2023b, p. 22).
  • La plataforma. El Banco Único de Proyectos, en la PIIP, integra el banco nacional, la red territorial de bancos y el banco del SGR (DNP, 2023b, p. 30).

Programar: el POAI

  • Qué es. La lista de proyectos de inversión del año, clasificados por sectores, órganos y programas, en concordancia con el plan nacional de inversiones (Decreto 111 de 1996, art. 8) (Decreto 111/1996).
  • Quién y cómo. Lo elaboran el DNP y MinHacienda con base en la meta de inversión del plan financiero; lo aprueba el CONPES y pasa a la Dirección General del Presupuesto para incluirlo en el proyecto de PGN (art. 49) (Decreto 111/1996).
  • Por qué importa. Es la bisagra: aquí el plan plurianual del PND se convierte en proyectos concretos de un año.

7 · La ejecución

Ejecutar: del CDP al pago y al cierre

La ejecución: de la apropiación al pago

  1. 1 Apropiación Autorización máxima de gasto, en la ley o en el decreto de liquidación
  2. 2 CDP Certifica que hay saldo; afecta la apropiación de forma previa y transitoria
  3. 3 Compromiso y registro Contrato o acto; el registro afecta la apropiación de forma definitiva
  4. 4 Obligación Se recibe a satisfacción el bien o servicio y nace la deuda
  5. 5 Pago Giro sujeto al PAC, el tope mensual de caja

Lo que queda el 31 de diciembre

  • Saldo sin comprometerExpira el 31 de diciembre (anualidad)
  • Compromiso sin obligaciónPasa a reserva presupuestal
  • Obligación sin pagoPasa a cuenta por pagar

Durante la vigencia, el Gobierno puede reducir o aplazar apropiaciones por decreto, previo concepto del Consejo de Ministros (Decreto 111 de 1996, arts. 76-77): así se recortó el PGN 2026 en $13,8 billones (Decreto 1585/2026).

Cadena de ejecución del gasto y lo que queda al cierre de la vigencia. Fuente: Decreto 111 de 1996, arts. 71, 73, 76-77 y 89 (Decreto 111/1996), y Rodríguez Tobo (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 89-93).
EslabónQué esError frecuente
1. ApropiaciónAutorización máxima de gasto; expira el 31 de diciembre (Decreto 111/1996)Leerla como dinero en caja
2. CDPGarantiza que hay apropiación antes de comprometer (Decreto 111/1996)Contarlo como ejecución
3. Registro presupuestalPerfecciona el compromiso y afecta en forma definitiva la apropiación (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 89-90)Confundir compromiso con gasto efectivo
4. ObligaciónSe causa al recibir a satisfacción el bien o servicio (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 90-92)Ignorar la brecha con el compromiso
5. PagoGiro efectivo, sujeto al PAC (Decreto 111/1996)Suponer que toda obligación se paga en el año
6. CierreReservas (compromisos no cumplidos) y cuentas por pagar (obligaciones no pagadas) (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 90-92)Tratar las reservas como ejecución plena

CDP, registro presupuestal y vigencias futuras

  • CDP. Todo acto que afecte una apropiación necesita antes un certificado de disponibilidad que garantice que hay saldo (Decreto 111 de 1996, art. 71) (Decreto 111/1996).
  • Registro presupuestal. Perfecciona el compromiso, indica valor y plazo y evita que los recursos se desvíen a otro fin (art. 71) (Decreto 111/1996).
  • Vigencias futuras. El CONFIS puede autorizar compromisos que afecten presupuestos de años siguientes si la ejecución empieza en el año en curso, si consultan las metas del Marco Fiscal, si hay al menos el 15 % de apropiación en el año de la autorización y, en inversión nacional, con concepto favorable del DNP y del ministerio del ramo (Ley 819 de 2003, art. 10) (Ley 819/2003).
  • Su límite. No pueden superar el periodo de gobierno, salvo proyectos que el CONPES declare de importancia estratégica (art. 10) (Ley 819/2003).

7 · Presupuesto

Cuando el año no sale como se programó: recortes, cierre y lectura de la ejecución

Recortes y aplazamientos durante el año

  • Reducir o aplazar. En cualquier mes, previo concepto del Consejo de Ministros, el Gobierno puede reducir o aplazar apropiaciones si el recaudo será menor, si no se aprueban los nuevos recursos, si no se perfecciona el crédito o si la coherencia macroeconómica lo exige (Decreto 111 de 1996, art. 76) (Decreto 111/1996).
  • Suspender. Si el presupuesto se aprobó sin la ley de nuevas rentas, el Gobierno suspende por decreto las apropiaciones sin financiación (art. 55) (Decreto 111/1996).
  • El caso real. Así se recortó el PGN 2026 en $13,8 billones (Decreto 1585/2026); el caso, en la lámina siguiente.

Caso: el recorte del PGN 2026, en seis pasos

PasoQué ocurrió
1El PGN 2026 se aprueba con $16,3 billones que dependían de una ley de financiamiento (Ministerio de Hacienda y Crédito Público, 2025; Ley 2559/2025)
2El Congreso no aprueba la ley de financiamiento (Corte Constitucional de Colombia, 2026)
3El Gobierno busca los recursos con un decreto de emergencia económica, que la Corte declara inexequible (Corte Constitucional de Colombia, 2026)
4El 19 de agosto de 2026 el CONFIS ordena tramitar una reducción (Decreto 1585/2026)
5El 29 de agosto el Consejo de Ministros la autoriza hasta por $21,9 billones (Decreto 1585/2026)
6El 22 de octubre el Decreto 1585 de 2026 reduce el presupuesto en $13,8 billones (Decreto 1585/2026)

El ajuste se trasladó del Congreso, que no aprobó la fuente, a la ejecución, que administra el Gobierno; por esa vía, el monto de la ley aprobada se redujo luego por decreto.

El cierre del 31 de diciembre

  • Expiran. Las apropiaciones son autorizaciones máximas de gasto para el año; lo no comprometido expira el 31 de diciembre (Decreto 111 de 1996, art. 89) (Decreto 111/1996).
  • Reservas presupuestales. Compromisos legalmente contraídos que no se cumplieron al 31 de diciembre; solo pagan esos compromisos (art. 89) (Decreto 111/1996).
  • Cuentas por pagar. Obligaciones por anticipos o por bienes y servicios ya recibidos que no se pagaron (art. 89) (Decreto 111/1996).

Cómo leer la ejecución de una entidad

  • Registrar la apropiación vigente.
  • Calcular el porcentaje comprometido (compromisos sobre apropiación).
  • Calcular el porcentaje obligado (obligaciones sobre apropiación).
  • Calcular el porcentaje pagado (pagos sobre apropiación).
  • Ubicar la brecha. Entre apropiación y compromiso suele haber un problema de contratación; entre compromiso y obligación, de ejecución física; entre obligación y pago, de caja.
  • Las modificaciones. El Gobierno puede reducir o aplazar apropiaciones si el recaudo es menor, si no se aprueban nuevos recursos, si no se perfecciona el crédito o por coherencia macroeconómica (Decreto 111/1996).

Aquí se juntan

7 · Donde se juntan

El proyecto de inversión: el lugar donde plan y presupuesto se tocan

La pieza que comparten: el producto

  1. 1 Insumos Personal, bienes y dinero
  2. 2 Actividades Al menos dos por producto
  3. 3 Productos Bienes o servicios del catálogo sectorial
  4. 4 Resultados Cambios en la población
  5. 5 Impactos Efectos de largo plazo atribuibles

Lo controla el proyecto y lo paga el presupuesto (CDP, registro, PAC)

Lo mide el plan: metas e indicadores del PND en SINERGIA

La guía del DNP advierte que la estandarización cubre actividades y productos, no insumos ni resultados, y que el paso de producto a resultado depende de condiciones que el proyecto no controla (DNP, 2019, pp. 5-6).

El producto es el único eslabón que ambos sistemas comparten. Fuente: (DNP, 2019, pp. 5-6 y 13-14; DNP, 2023a, p. 3; Departamento Nacional de Planeación, 2026).
  • La regla. Ningún programa o proyecto del PGN se ejecuta sin estar evaluado y registrado en el banco nacional de programas y proyectos (Decreto 111/1996).
  • La definición. Unidad operacional de la planeación del desarrollo, que vincula recursos con actividades limitadas en el tiempo para crear o recuperar capacidad de producir bienes y servicios (DNP, 2023b, p. 13).
  • El método. La MGA, sustentada en el marco lógico y en la cadena de valor (DNP, 2023a, p. 3; DNP, 2019, p. 5).
  • La plataforma. El Banco Único de Proyectos, en la PIIP, integra el banco nacional, la red territorial y el banco del SGR (DNP, 2023b, p. 30).

La cadena de la inversión pública, paso a paso

Paso 7

La cadena de la inversión pública: del plan al producto y del producto a la política

Los pasos siguen el ciclo del proyecto de inversión descrito por el DNP (planeación, gestión de recursos, ejecución y evaluación posterior), inmerso en las etapas de preinversión, inversión y operación y en el ciclo presupuestal (DNP, 2023b, pp. 28-30; DNP, 2023a, pp. 15-18). Los plazos del PND y del PGN son los de las sesiones 8.3 y 8.4; los del proyecto dependen de su tipología y de su fuente de financiación.

1/8 · Plan Plurianual de Inversiones y marco fiscal de mediano plazo

Cuándo
Cada cuatrienio con el PND; el Marco Fiscal, cada año antes del 15 de junio
Quién
DNP · Ministerio de Hacienda y Crédito Público · CONFIS · Congreso de la República
Norma
Constitución, art. 339; Ley 819 de 2003, art. 1; Ley 1473 de 2011, arts. 4-5
  • Plan de inversiones. Especifica los recursos de los principales programas y proyectos dentro de un marco de sostenibilidad fiscal; el Congreso puede modificarlo si mantiene el equilibrio financiero (Constitución de 1991).
  • Techo. El Marco Fiscal de Mediano Plazo, con el plan financiero y las metas de balance y de deuda, fija el techo de la inversión (Ley 819/2003).
  • Consistencia. La regla fiscal obliga a que el plan de inversiones y el Marco de Gasto sean consistentes con él (Ley 1473/2011).
  • En el territorio. Largo plazo: diagnóstico y POT. Mediano: Marco Fiscal, plan de desarrollo y plan plurianual. Corto: presupuesto anual, POAI y plan de acción (Rodríguez Tobo, 2008, pp. 33-34).
Ley 1473 de 2011 (regla fiscal)

2/8 · Formulación del proyecto con la MGA y la cadena de valor

Cuándo
Etapa de preinversión: perfil, prefactibilidad y factibilidad
Quién
Entidad formuladora (oficina de planeación o área técnica) · DNP (Dirección de Proyectos e Información para la Inversión Pública)
Norma
Constitución, art. 343; Ley 152 de 1994, art. 49 num. 3; Decreto 1082 de 2015, título 6
  • Identificar. Se define la situación negativa, sea un problema o una oportunidad desaprovechada, con los pasos del marco lógico (DNP, 2023a, pp. 15-16).
  • Comparar. Se comparan alternativas de solución y se identifican los productos que podrían resolverla.
  • Madurar. El proyecto avanza por perfil, prefactibilidad y factibilidad según su magnitud.
  • Armar la cadena. Cada objetivo específico se materializa en al menos un producto (un bien o servicio entregado), con un mínimo de dos actividades por producto (DNP, 2019, pp. 6, 13).
  • Estandarizar. Los productos salen del catálogo sectorial del DNP, con indicadores principales y secundarios y su unidad de medida (DNP, 2019, p. 14).
  • Límite. La estandarización cubre actividades y productos, no insumos ni resultados (DNP, 2019, p. 6).
MGA Web (DNP)

3/8 · Viabilidad y registro en el banco de proyectos

Cuándo
Al cierre de la preinversión, antes de que el proyecto pueda recibir recursos
Quién
Oficina de planeación de la entidad ejecutora · Oficina de planeación del ministerio o departamento cabeza de sector · Direcciones técnicas del DNP
Norma
Decreto 111 de 1996, arts. 9 y 68; Ley 152 de 1994, art. 27; Decreto 1082 de 2015, arts. 2.2.6.7.2-2.2.6.7.3
  • Regla. Ningún programa o proyecto del PGN se ejecuta sin evaluación del órgano competente y registro en el banco nacional de programas y proyectos (Decreto 111/1996).
  • El banco. Conjunto de actividades seleccionadas como viables y evaluadas social, técnica y económicamente; el DNP conceptúa sobre los proyectos y los registra (Ley 152/1994).
  • Filtro 1: entidad ejecutora. Su oficina de planeación verifica requisitos: título de gasto, relación con la misión, consistencia de las evaluaciones y análisis de riesgos (DNP, 2023b, pp. 50-51).
  • Filtro 2: cabeza de sector. El ministerio o departamento administrativo emite concepto sectorial de viabilidad.
  • Filtro 3: DNP. Sus direcciones técnicas ejercen el control definitivo de viabilidad de los proyectos del PGN (DNP, 2023b, p. 22).
  • Hoy. El Banco Único de Proyectos, en la PIIP, integra el banco nacional, la red territorial de bancos y el banco del SGR (DNP, 2023b, p. 30).
Plataforma Integrada de Inversión Pública (PIIP)

4/8 · Programación: POAI, apropiación en el presupuesto y fuentes territoriales

Cuándo
Programación del PGN en el primer semestre; apropiación con la ley anual y el decreto de liquidación
Quién
DNP · MinHacienda (Dirección General del Presupuesto Público Nacional) · CONPES · Entidades territoriales y OCAD del SGR
Norma
Decreto 111 de 1996, arts. 8 y 49; Ley 715 de 2001; Ley 2056 de 2020
  • POAI. Con base en la meta de inversión del plan financiero, el DNP lo elabora con MinHacienda; aprobado por el CONPES, pasa a la Dirección General del Presupuesto para incorporarse al proyecto (Decreto 111/1996).
  • Fuentes. Cada proyecto viable selecciona sus fuentes y los actores de cada fuente priorizan y asignan; el resultado se consolida en el POAI y en el decreto de liquidación (DNP, 2023b, p. 29).
  • Clasificación. La inversión se agrupa en programas orientados a resultados, con indicadores de resultado (DNP, 2023b, p. 12).
  • Por fuera de la ley anual. El SGP transfiere recursos con destinación sectorial (Ley 715/2001) y el SGR tiene presupuesto bienal y banco de proyectos propios (Ley 2056/2020).
Estatuto Orgánico del Presupuesto

5/8 · Ejecución: contratación y entrega de productos

Cuándo
Etapa de inversión: desde que el proyecto cuenta con recursos hasta su cierre financiero
Quién
Gerente del proyecto y ordenador del gasto · Contratistas · Colombia Compra Eficiente (SECOP II)
Norma
Decreto 111 de 1996, arts. 71 y 73; Ley 1712 de 2014
  • Arranque. Planeación de la contratación, licitación y requisitos previos, con una línea base de actividades, cantidades, costos y productos (DNP, 2023b, p. 97).
  • Referencia. La MGA es el punto de referencia para los ajustes durante la inversión (DNP, 2023a, p. 5).
  • Control presupuestal. Cada compromiso exige CDP y registro; los pagos se sujetan al PAC (Decreto 111/1996).
  • Transparencia. Los procesos de contratación se publican en el SECOP II (Ley 1712/2014).
  • Entrega y cierre. Se proveen los bienes o servicios de la cadena de valor y se cumplen metas físicas; el recibo a satisfacción termina la ejecución, y el cierre exige gestionar por completo compromiso, obligación y pago (DNP, 2023b, p. 29).
SECOP II (Colombia Compra Eficiente)

6/8 · Seguimiento a proyectos y a metas del PND

Cuándo
Reporte periódico durante la ejecución; informe al Congreso al inicio de cada legislatura
Quién
Entidades ejecutoras · DNP (seguimiento a la inversión y SINERGIA) · Presidente de la República
Norma
Constitución, art. 343; Ley 152 de 1994, arts. 29-30
  • Proyecto. El Modelo Integral de Seguimiento a la Inversión Pública mide periódicamente el avance financiero y el físico (actividades y entrega efectiva de bienes o servicios), sin importar fuente ni nivel de gobierno (DNP, 2023b, p. 96).
  • Política. SINERGIA sigue los indicadores del PND con líneas de base, metas y reportes basados en la cadena de valor (Departamento Nacional de Planeación, 2026).
  • Entidades. Cada organismo elabora un plan indicativo cuatrienal con planes de acción anuales (Ley 152/1994).
  • Congreso. El Presidente informa al inicio de cada legislatura y al presentar el presupuesto sobre la ejecución del plan y del plan de inversiones.
SINERGIA (DNP)

7/8 · Evaluación posterior, control y rendición de cuentas

Cuándo
Tras el cierre del proyecto (corto, mediano y largo plazo) y en la medición anual del FURAG
Quién
DNP · Función Pública · Oficinas de control interno · Contralorías y Procuraduría · Congreso y ciudadanía
Norma
Ley 87 de 1993; Decreto 1083 de 2015, título 22; Acto Legislativo 04 de 2019; Ley 1757 de 2015
MIPG (Función Pública)

8/8 · De los productos a la política pública: CONPES, ajuste del plan y presupuesto siguiente

Cuándo
Cada vigencia (programación del año siguiente) y cada cuatrienio (nuevo PND)
Quién
CONPES · DNP · Sectores del Gobierno · Congreso
Norma
Ley 152 de 1994, arts. 17 y 29; Decreto 111 de 1996, art. 49
  • Retroalimentación. Los programas orientados a resultados articulan la planeación de largo plazo con la presupuestación y sirven para asignar, ejecutar, controlar y evaluar según información de desempeño (DNP, 2023b, p. 12).
  • Para qué estandarizar. Para alinear la inversión con el plan estratégico de la entidad, orientarla a resultados, informar la rendición de cuentas y orientar los proyectos del siguiente PND (DNP, 2019, p. 3).
  • CONPES. Sus documentos recogen diagnósticos, planes de acción y compromisos sectoriales que desarrollan el plan; su seguimiento retroalimenta la programación de la inversión.
  • Advertencia. El producto no es todavía la política: pasar del producto al resultado depende de condiciones que el proyecto no controla, y la evaluación es también un juicio político sobre lo que el Estado decidió producir (DNP, 2019, p. 5; Ospina Bozzi, 2001).
Documentos CONPES (DNP)

7 · Donde se juntan · continúa

El proyecto de inversión: el lugar donde plan y presupuesto se tocan

Los cinco puntos de contacto, y dónde verlos

MomentoDel planDel presupuestoQuién asegura la correspondenciaDónde se consulta
1. Al aprobar el planPlan Plurianual de InversionesMarco Fiscal de Mediano Plazo (Constitución de 1991; Ley 819/2003)CONFIS y CONPESLey del PND y Marco Fiscal
2. Al programar cada añoMetas del PND para el añoMarco de Gasto y POAI (Decreto 111/1996)DNP y MinHaciendaProyecto de ley de presupuesto
3. Al registrar cada proyectoPrograma y producto del PNDProyecto en el banco de proyectos (Decreto 111/1996)DNP y bancos territorialesPIIP
4. Al ejecutarProducto y su indicadorApropiación, compromiso, obligación y pago (Decreto 111/1996)Entidades ejecutorasSECOP II (contrato) y Portal de Transparencia Económica (pago)
5. Al rendir cuentasSeguimiento de metas en SINERGIACuenta General del Presupuesto y del Tesoro (Constitución de 1991)DNP, Contraloría y CongresoSINERGIA

Seguir un producto de la meta al pago exige cruzar cuatro sistemas que no comparten un identificador único: SINERGIA, la PIIP, el SECOP II y el Portal de Transparencia Económica.

Paso 8

Seguimiento y control: SINERGIA, MIPG y MECI

Pregunta guía¿Cómo se sabe si se cumplió el plan, si la entidad gestionó bien y si el dinero se usó como se autorizó?

8 · Seguimiento del plan

SINERGIA: ¿se cumplieron las metas?

Qué es SINERGIA

  • El mandato. El DNP diseña y organiza los sistemas de evaluación de gestión y de resultados, tanto de políticas como de proyectos de inversión (Constitución, art. 343; Ley 152 de 1994, art. 29) (Constitución de 1991; Ley 152/1994).
  • Qué mide. El cumplimiento de las metas, la cobertura y calidad de los servicios y los costos unitarios (art. 29) (Ley 152/1994).
  • Cómo. SINERGIA hace seguimiento a los indicadores del PND con base en la cadena de valor, y su guía orienta a las entidades sobre líneas de base, metas y esquemas de reporte (Departamento Nacional de Planeación, 2026).
  • Cuándo. Seguimiento continuo a las metas; cada abril, el DNP presenta al CONPES un informe de resultados que sirve de base al plan de inversiones del año siguiente (art. 29) (Ley 152/1994).

Seguimiento y evaluación no son lo mismo

  • Seguimiento. ¿Se entregó lo prometido? Compara cada año la meta del indicador con lo logrado.
  • Evaluación. ¿Funcionó la intervención y por qué? Indaga efectos y causas; el DNP agenda evaluaciones de políticas cada año (Departamento Nacional de Planeación, 2026).
  • La trampa. Si el producto no está bien definido o el proyecto no registra su avance físico, el seguimiento termina midiendo ejecución financiera en lugar de cumplimiento del plan.

La ley fija metas con indicadores, pero no explicita la teoría causal que las une con las intervenciones; por eso la evaluación de cumplimiento tiende a sustituir a la evaluación de efectos.

8 · Gestión y control

MIPG y MECI: ¿cómo se gestionó y se controló?

MIPG: el modelo de gestión de las entidades

MECI: el control interno

  • El mandato. La Constitución ordena control interno en toda la administración pública, y la Ley 87 de 1993 lo define como el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación de una entidad (Constitución de 1991; Ley 87/1993).
  • Sus objetivos. Proteger los recursos frente a riesgos, garantizar la eficacia, la eficiencia y la economía de las operaciones, asegurar la confiabilidad de la información y prevenir, detectar y corregir desviaciones (Younes Moreno & Younes Medina, 2023, pp. 213-214).
  • Cómo se organiza. En las entidades a las que aplica MIPG, el MECI opera por la séptima dimensión y tiene cinco componentes (Departamento Administrativo de la Función Pública, 2023, p. 31); sus responsabilidades se reparten en cuatro líneas de defensa: la alta dirección, los responsables de los procesos, las instancias de supervisión y la oficina de control interno (Departamento Administrativo de la Función Pública, 2023, p. 32).

FURAG: cómo se mide

Aquí se juntan

8 · Donde se cierra el ciclo

Control externo y el recorrido completo

Los controles externos

  • Fiscal. Las contralorías ejercen control posterior y selectivo y, desde el Acto Legislativo 04 de 2019, también preventivo y concomitante, sin coadministración, en forma de advertencia y a cargo exclusivo del Contralor General (Acto Legislativo 04/2019; Decreto Ley 403/2020).
  • Disciplinario. La Procuraduría ejerce de manera preferente el poder disciplinario conforme al Código General Disciplinario, reformado por la Ley 2094 de 2021 (Ley 1952/2019; Ley 2094/2021).
  • Político. El Congreso ejerce control político y fenece la cuenta general del presupuesto (Constitución de 1991).
  • Social. La ciudadanía controla individualmente o mediante veedurías, y las entidades deben rendir cuentas de su gestión (Ley Estatutaria 1757/2015; Ley 850/2003).

Plan y presupuesto, dimensión por dimensión

DimensiónPlaneaciónPresupuesto
Pregunta que responde¿Qué hará el Estado y para qué?¿Cuánto gastará, en qué y con qué límites?
HorizonteCuatrienal; largo plazo en el POTAnual; bienal en el SGR; diez años en el Marco Fiscal
Norma orgánicaLey 152 de 1994Decreto 111 de 1996; Leyes 819 de 2003 y 1473 de 2011
Entidad rectora y órgano colegiadoDNP y CONPESMinHacienda y CONFIS
ParticipaciónConsejos de planeación (consultivos)Sin instancia equivalente; control ciudadano posterior
Si el Congreso no decidePlan de inversiones por decreto (art. 341)Rige el proyecto del Gobierno (art. 348)
Unidad de medidaMetas e indicadoresApropiaciones, compromisos, obligaciones y pagos
Sistema de informaciónSINERGIA, TerriDataPortal de Transparencia Económica, CHIP, SIIF
Racionalidad dominanteFinalista y deliberativaRestrictiva y negociada
Punto de encuentroPlan de inversiones → proyectoPOAI → apropiación → ejecución del proyecto

Para analizar

Para analizar: historia, modelo y límites

Pregunta guía¿Por qué el sistema colombiano es como es, qué modelo incorpora y qué puede y no puede hacer?

Planeación

Historia, modelo y límites de la planeación

Cinco etapas, cinco capas

EtapaQué ocurrióCapa que deja
1. Transferencia fundacional (1945-1958)Primera aparición constitucional de la planeación en 1945 (Franco González, 1994, p. 47); misión Currie del BIRF (1949-1950) (IBRD, 1950); diagnósticos inspirados en el Banco Mundial, la CEPAL y las misiones Lebret y de la OIT (Franco González, 1994, p. 48)El desarrollo se planea con un diagnóstico técnico de expertos, en buena parte externos
2. Institucionalización (1958-1968)La Ley 19 de 1958 crea el Consejo Nacional de Política Económica y Planeación y el Departamento Administrativo de Planeación (Ley 19/1958); en 1968 nacen el CONPES y el DNP (Función Pública, s. f.)Un consejo presidido por el Presidente y una tecnocracia de planeación dentro del Ejecutivo
3. Planes de gobierno (1970-1991)Los planes se asimilan al programa del gobierno de turno y cambian de orientación con cada administración (Franco González, 1994, pp. 48-52)El plan como traducción del programa: discontinuidad cada cuatro años
4. Constitucionalización (1991-1994)El plan se vuelve ley con procedimiento especial y nace el Sistema Nacional de Planeación (Constitución de 1991); la Ley 152 de 1994 fija el calendario (Ley 152/1994); tránsito hacia una planeación que se pretende participativa y por resultados (Grosso Rincón, 2009)Plan como ley, participación consultiva y obligación de evaluar
5. Juridificación (2000 a hoy)Caen el PND 1999-2002 y el decreto que lo sustituyó (Sentencia C-557/2000; Sentencia C-1403/2000); la Corte controla la unidad de materia (Sentencia C-068/2020); la Ley 2322 de 2023 recompone el Consejo Nacional de Planeación (Ley Orgánica 2322 de 2023)La planeación como objeto de litigio constitucional

¿Qué modelo de planeación tenemos?

DimensiónOpción colombianaEvidencia
1. Fuerza vinculanteIndicativa para la sociedad, obligatoria para el sector público en sus mandatos de ejecución, con evaluación de resultadosConstitución, arts. 339, 341 y 343 (Constitución de 1991)
2. Tradición dominanteReforma social (DNP y CONPES como tecnocracia de Estado) y análisis de políticas (MGA, evaluación ex ante), con aprendizaje social consultivoLey 19 de 1958; Ley 152 de 1994 (Ley 19/1958; Ley 152/1994; DNP, 2023a)
3. Modelo de decisiónRacional en la forma (diagnóstico, objetivos, metas, plan de inversiones) e incremental en la práctica (base presupuestal)Constitución, art. 339 (Constitución de 1991); pasos 3 y 4
4. Forma jurídicaLey con prelación sobre las demás, procedimiento especial y control de unidad de materiaConstitución, arts. 158 y 341 (Constitución de 1991; Sentencia C-068/2020)
5. HorizonteCuatrienal y anclado al periodo presidencial; el largo plazo solo aparece en el POT territorialLey 152 de 1994; Ley 388 de 1997 (Ley 152/1994; Ley 388/1997)
6. ParticipaciónConsultiva: consejos de planeación con concepto no vinculanteConstitución, art. 340; Ley 152 de 1994, arts. 8-12 (Constitución de 1991; Ley 152/1994)
7. Concepto de desarrolloCambia con cada gobierno: de Las Cuatro Estrategias de los setenta a la «potencia mundial de la vida» de 2022(Franco González, 1994, pp. 48-52; Ley 2294/2023)

Dicho lo anterior, el arreglo colombiano es una planificación indicativa de Estado, juridificada y presidencial, con participación consultiva y con un concepto de desarrollo que cambia cada cuatro años: el procedimiento permanece mientras el contenido se renueva con cada gobierno.

El patrón del recorrido

  • La iniciativa es siempre del Ejecutivo.
  • La participación (Consejo Nacional, consejos territoriales, diálogos regionales) es obligatoria, pero consultiva.
  • La restricción fiscal entra temprano (CONFIS, paso 3) y dentro del Gobierno.
  • El Congreso decide dentro de un techo y con un veto del Gobierno.
  • La falta de decisión favorece siempre al proyecto del Gobierno.

La coordinación vertical, en cuatro pasos

  • Calendarios distintos. El PND se formula al inicio del periodo presidencial (2026-2027); los planes territoriales, al inicio del territorial (2024 y luego 2028).
  • Convivencia forzada. Los planes municipales vigentes se hicieron con el PND 2022-2026 y convivirán casi un año con un PND 2026-2030 que aún no existe.
  • Lo que pide la norma. Armonía entre niveles y planes territoriales concertados con el Gobierno nacional (Constitución de 1991; Ley 152/1994).
  • Lo que ocurre. El instrumento efectivo de coordinación son las fuentes de financiación: el municipio se alinea porque buena parte de su inversión llega con destinación definida.

La coordinación entre niveles de gobierno es más fiscal que programática.

Cuatro tensiones

TensiónMecanismoConsecuencia
1. Plan de Estado frente a programa de gobiernoCalendario anclado al periodo presidencial; el programa electoral como punto de partidaEscasa continuidad, salvo en compromisos con fuente fiscal propia
2. Deliberación frente a eficaciaConsejo consultivo; veto del Gobierno sobre inversiones nuevas; salida por decretoEl plan gana gobernabilidad y pierde apropiación social
3. Ley frente a presupuestoEl plan de inversiones es indicativo; las apropiaciones dependen de la ley anual y de la regla fiscalLa promesa cuatrienal se renegocia cada año
4. Metas frente a causalidadLa ley fija metas con indicadores, pero no explicita la teoría causal que las une con las intervencionesLa evaluación de cumplimiento sustituye a la evaluación de efectos

Preguntas de discusión

  • ¿Qué lugar ocupan el programa de gobierno, el concepto del Consejo Nacional de Planeación y el Congreso en la definición final de las metas, según los plazos de la Ley 152 de 1994?
  • Si el plan de inversiones puede expedirse por decreto, ¿qué relación entre Ejecutivo y Legislativo diseña la Constitución? ¿Qué enseña el caso de 2000, cuando cayeron la ley y el decreto?
  • ¿Cómo se articulan, en un municipio que usted conozca, el plan de desarrollo cuatrienal y el POT de largo plazo?
  • ¿Qué actores no calculó el último PND y qué consecuencias tuvo esa omisión para su ejecución (Matus, 1987)?

Presupuesto

Historia, modelo y límites de la presupuestación

Cuatro respuestas a cuatro crisis

EtapaQué ocurrióCapa que deja
1. Control de legalidad y misión Kemmerer (hasta 1923)La Ley 34 de 1923 regula la «formación y fuerza restrictiva del Presupuesto Nacional» (Dirección General de Estadística, 1928); antecedentes desde la Colonia (Cardona Acosta & Zuluaga Urrea, 2007)La iniciativa del gasto en el Ejecutivo
2. Del presupuesto anual al sistema presupuestal (1989-1996)Ley 38 de 1989, Leyes 179 de 1994 y 225 de 1995, compiladas en el Decreto 111 de 1996 (Decreto 111/1996); la ley anual pierde desagregación y gana peso el decreto de liquidación (Salinas Esteban, 2021)Un estatuto orgánico con principios, calendario, plan financiero y POAI
3. Responsabilidad fiscal (2000-2003)Límites al funcionamiento territorial (Ley 617/2000); Marco Fiscal de Mediano Plazo e impacto fiscal de todo proyecto de ley (Ley 819/2003)El mediano plazo como horizonte obligatorio de la decisión anual
4. Sostenibilidad y regla fiscal (2011-2021)Sostenibilidad fiscal en la Constitución (Acto Legislativo 3/2011); regla fiscal (Ley 1473/2011); oficina técnica del Congreso (Ley Orgánica 1985 de 2019); ancla de deuda de 55 % y límite de 71 % del PIB, con el CARF (Ley 2155/2021)Un límite numérico a la deuda y una vigilancia técnica no vinculante

Las capas, leídas con Schick

CapaOrientaciónInstrumentos colombianos
ControlLegalidad y especialización del gastoApropiaciones como autorizaciones máximas; CDP; registro presupuestal (Decreto 111/1996)
GestiónEficiencia de la ejecuciónPAC; programas orientados a resultados; catálogo de productos (Decreto 111/1996; DNP, 2023b)
PlaneaciónElección entre programas según objetivosPOAI en concordancia con el plan de inversiones; principio de planificación (Decreto 111/1996)
SostenibilidadLímite intertemporal de la deudaMarco Fiscal, Marco de Gasto, regla fiscal y CARF (Ley 819/2003; Ley 1473/2011)

Cada reforma se agregó a las anteriores sin derogarlas, como predice Schick (Schick, 1966); la última desplazó el centro de gravedad de la legalidad del gasto a la sostenibilidad de la deuda.

¿Qué modelo de presupuesto tenemos?

DimensiónOpción colombianaEvidencia
1. ClasificaciónRubros como base de control, con clasificación programática de la inversión y catálogo de productos superpuestos(Decreto 111/1996; DNP, 2019)
2. HorizonteAnual en la autorización, con Marco Fiscal y Marco de Gasto de Mediano Plazo como encuadre(Decreto 111/1996; Ley 819/2003)
3. Restricción fiscalRegla de deuda neta con ancla de 55 % y límite de 71 % del PIB; CARF con conceptos no vinculantes(Ley 1473/2011; Ley 2155/2021)
4. Reparto del poderEjecutivo: iniciativa, veto sobre aumentos y punto de reversión a favor del proyecto del GobiernoConstitución, arts. 346-351 (Constitución de 1991; Hallerberg et al., 2009)
5. Dinámica realIncremental sobre una base inflexible, con saltos en crisis (recortes, adiciones, decretos)(Echeverry et al., 2004; Decreto 1585/2026)
6. Sujeto y criterioRepresentativo en lo nacional; participativo opcional en lo territorial; trazadores de mujer y paz(Ley Estatutaria 1757/2015; Ley 1955/2019)

Dicho lo anterior, el colombiano es un presupuesto por rubros al que se agregaron capas programáticas y de mediano plazo, sometido a una regla fiscal, con el poder de agenda en el Ejecutivo y una dinámica incremental puntuada (Wildavsky, 1986).

Cinco limitaciones y su contracara

LimitaciónMecanismoContracara
1. InflexibilidadLa mayor parte del gasto está comprometida por normas previas (Comisión del Gasto y la Inversión Pública, 2018; Echeverry et al., 2004)Protege el gasto social frente a los ciclos políticos
2. Asimetría de poderesEl Ejecutivo controla iniciativa, veto sobre aumentos y punto de reversión (Hallerberg et al., 2009)Disciplina fiscal
3. Negociación opacaEl Congreso reasigna en subcomisiones informales sobre una ley poco desagregada: cambios en 28 de 32 sectores en el PGN 2020 (Salinas Esteban, 2021)El Congreso conserva un margen real de influencia
4. Presupuesto desfinanciadoSe aprueban gastos con fuentes inciertas (art. 347) (Decreto 1585/2026)Flexibilidad para financiar prioridades con reformas tributarias
5. Desconexión con resultadosLa información de desempeño rara vez cambia las asignaciones (Last & Robinson, 2009)La clasificación programática y el catálogo de productos acercan el gasto a los productos

El presupuesto resulta más eficaz como instrumento de control fiscal que como instrumento de dirección del desarrollo, pues contiene el gasto con más fuerza de la que tiene para orientarlo hacia los fines del plan (Wildavsky, 1986; Schick, 1966).

Preguntas de discusión

  • Si dos de cada tres pesos del PGN 2026 van a funcionamiento, ¿qué margen tiene el gobierno posesionado en agosto de 2026 para reorientar el gasto hacia su plan?
  • ¿Qué revela el ciclo de 2026 sobre el reparto de poder presupuestal entre el Gobierno y el Congreso? ¿Fallo del diseño o diseño funcionando como se previó?
  • ¿Qué cambia para un municipio cuando sus recursos llegan por el SGP o el SGR en lugar de la ley anual?
  • ¿El episodio de 2026 confirma o desafía la tesis del presupuesto como proceso incremental (Wildavsky, 1986)?

Aquí se juntan

Plan y presupuesto

¿Qué modelo incorpora el sistema colombiano?

Tres respuestas posibles

Tres conceptos para ordenar el debate

  • Transferencia de políticas. Uso en un sistema del conocimiento sobre políticas e instituciones de otro, en grados que van de la copia a la inspiración (Dolowitz & Marsh, 2000).
  • Isomorfismo. Las organizaciones se parecen por presión coercitiva, imitación o profesionalización (DiMaggio & Powell, 1983).
  • Mimetismo isomorfo. Adoptar las formas de las «buenas prácticas» sin la función que las hace eficaces (Andrews et al., 2017).

De transferido a propio, pieza por pieza

  1. Transferido casi sin cambios
    • Marco lógico en la MGA
    • Regla fiscal con consejo fiscal
    • Evaluación PEFA y principios OCDE
  2. Adaptado
    • Marco de gasto de mediano plazo
    • Presupuesto por programas y resultados
    • Cadena de valor y catálogo de productos
    • Planeación indicativa con CONPES
    • Consejos de planeación consultivos
  3. Propio
    • PND como ley con prelación
    • Calendario constitucional rígido
    • Presupuesto por decreto (art. 348)
    • SGR bienal con OCAD

La mayoría de las piezas son transferidas o adaptadas; lo propio es la forma jurídica con que se combinan.

Ubicación interpretativa, para discutir en clase; no es una medición.
ComponenteQué hizo Colombia con élUbicación
DNP y CONPESConsejo colegiado presidido por el Presidente, con secretaría técnica del DNPAdaptado
PND como ley con prelaciónPlan único con parte general e inversiones; control de unidad de materiaPropio
Consejos de planeaciónConsultivos, designados de listas sectoriales y territorialesAdaptado
Presupuesto por programas y resultadosClasificación programática y catálogo de productos, sin sustituir los rubrosAdaptado
MFMP y MGMPDocumento del Gobierno, no leyAdaptado
Regla fiscal y CARFAncla de deuda; comité con conceptos no vinculantesTransferido con adaptación
MGA y marco lógicoMetodología obligatoria para toda fuenteTransferido con adaptación
Presupuesto por decreto (art. 348)Rige el proyecto del Gobierno con lo aprobado en primer debatePropio
SGRPresupuesto bienal propio, OCAD y banco propioPropio

Un modelo híbrido por sedimentación jurídica

  • Las capas. Desarrollista (1950-1970), hacendística (1923 y 1989-1996), de gestión por resultados (1990-2000) y de sostenibilidad fiscal (2003-2021).
  • Lo singular 1. La conversión del plan en ley y del calendario en norma constitucional.
  • Lo singular 2. La concentración del poder de agenda en el Ejecutivo, con salidas por decreto para el plan y para el presupuesto.
  • Lo singular 3. La fragmentación de la hacienda en sistemas paralelos (PGN, SGP, SGR), cada uno con su ciclo.
  • Pregunta abierta. ¿Los marcos de mediano plazo, la regla fiscal y la cadena de valor cambiaron cómo se asignan los recursos, o sobre todo cómo se presentan (Andrews et al., 2017)?

Aunado a lo anterior, buena parte de los instrumentos colombianos (marco lógico, regla fiscal, principios OCDE) se adaptaron de otros países, de modo que su valoración depende de cómo se ajustaron a las instituciones locales y no de su fidelidad al modelo de origen.

Cinco tesis para llevarse

  • La planeación es indicativa para la sociedad y obligatoria para el sector público; su rasgo distintivo es la juridificación.
  • El presupuesto superpone capas de control, gestión, planeación y sostenibilidad; ninguna reforma eliminó a la anterior.
  • El diseño concentra el poder de agenda en el Ejecutivo; el ciclo de 2026 fue la activación de reglas previstas.
  • Plan y presupuesto solo se encuentran de forma verificable en el proyecto de inversión y en sus productos.
  • El sistema es un híbrido por sedimentación: piezas transferidas o adaptadas, combinación y forma jurídica propias.

Glosario

Los términos marcados con línea punteada en el texto abren aquí su definición. La equivalencia en inglés sirve para buscar bibliografía internacional; la fuente indica la norma o el autor donde se define. Cuando una definición resume una norma, debe leerse con el texto oficial.

95 conceptos

Acto legislativo
Reforma de la Constitución aprobada por el Congreso en dos periodos ordinarios y consecutivos.
Constitutional amendmentC. P., arts. 374-375
Agencia de Renovación del Territorio (ART)
Entidad que coordina la intervención del Estado en las zonas más afectadas por el conflicto armado y la ejecución de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial.
Territorial Renewal AgencyDecreto Ley 2366 de 2015
Anualidad (principio)
El año fiscal va del 1 de enero al 31 de diciembre; después del 31 de diciembre no pueden asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año que se cierra.
AnnualityDecreto 111 de 1996, art. 14
Apropiación
Autorización máxima de gasto que el Congreso otorga para comprometer durante la vigencia; vence el 31 de diciembre.
AppropriationDecreto 111 de 1996, art. 89
Asignaciones directas (SGR)
Regalías que reciben las entidades territoriales donde se explotan los recursos o por cuyos puertos se transportan.
Producer-region royalty sharesLey 2056 de 2020
Banco de proyectos (BPIN)
Sistema de información donde se registran los proyectos de inversión viables, técnica y económicamente; ningún proyecto del PGN se ejecuta sin estar registrado.
Public investment project bankDecreto 111 de 1996, art. 68; DNP (2023b)
Bases del PND
Documento técnico del plan: diagnóstico, objetivos y estrategias; la ley lo incorpora como parte integral.
Plan document (vs. plan law)Ley 2294 de 2023
Cadena de valor
Relación secuencial y lógica entre insumos, actividades, productos y resultados en la que se agrega valor en cada etapa.
Results chain / value chainDNP (2019, p. 5)
Certificado de disponibilidad presupuestal (CDP)
Documento que garantiza la existencia de apropiación suficiente para atender un gasto.
Commitment control / fund availability certificateDecreto 111 de 1996, art. 71
Cláusula de escape
Suspensión temporal de la regla fiscal ante eventos extraordinarios, previo concepto del CARF.
Escape clauseLey 1473 de 2011, mod. Ley 2155 de 2021
Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC)
Órgano autónomo responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, salvo las de carácter especial.
National Civil Service CommissionC. P., art. 130
Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF)
Órgano técnico que emite conceptos sobre el cumplimiento de la regla fiscal.
Independent fiscal institution (IFI), fiscal councilLey 1473 de 2011, mod. Ley 2155 de 2021
Compromiso
Acto mediante el cual se afecta en forma definitiva una apropiación (contrato o acto administrativo con registro presupuestal).
Commitment / obligation incurredDecreto 111 de 1996, art. 71
Consejo Nacional de Planeación (CNP)
Instancia consultiva de la sociedad civil que conceptúa sobre el proyecto de PND.
National planning councilC. P., art. 340; Ley 152 de 1994
Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES)
Máxima autoridad nacional de planeación, con el DNP como secretaría técnica.
Cabinet economic and social policy councilLey 19 de 1958; Ley 152 de 1994
Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS)
Órgano rector de la política fiscal y coordinador del sistema presupuestal.
Fiscal policy council (executive)Decreto 111 de 1996, arts. 25-26
Consejos territoriales de planeación
Instancias consultivas de los planes departamentales y municipales.
Local planning councilsLey 152 de 1994, arts. 34-35
Contraloría General de la República (CGR)
Órgano de control que vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.
Office of the Comptroller GeneralC. P., arts. 267-268
Control de unidad de materia
Exigencia de que cada disposición de una ley se relacione con su materia; en el PND, de que cada artículo instrumentalice objetivos del plan.
Single-subject ruleC. P., art. 158; Sentencia C-068 de 2020
Cuentas por pagar
Obligaciones de bienes y servicios recibidos a 31 de diciembre que se pagan en la vigencia siguiente.
Payables / accounts payableDecreto 111 de 1996, art. 89
Cupo de endeudamiento
Autorización legal del monto máximo de deuda que puede contratar el Gobierno.
Borrowing ceilingDecreto 111 de 1996
Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP)
Entidad que formula las políticas de empleo público y de gestión y desempeño institucional; administra MIPG y el FURAG.
Administrative Department of Public ServiceDecreto 1083 de 2015
Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE)
Entidad que produce y difunde la estadística oficial del país: censos, encuestas y cuentas nacionales.
National Administrative Department of Statistics
Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS)
Cabeza del sector de inclusión social y reconciliación; ejecuta programas de superación de la pobreza y transferencias monetarias.
Department for Social Prosperity
Departamento Nacional de Planeación (DNP)
Entidad técnica rectora de la planeación y de la inversión pública.
Planning ministry / agencyLey 19 de 1958; Decreto 1082 de 2015
Desfinanciación
Situación en la que las apropiaciones aprobadas exceden las rentas efectivamente disponibles.
Unfunded appropriationsDecreto 111 de 1996, arts. 76-77
EOP
Estatuto Orgánico del Presupuesto (Decreto 111 de 1996), que compila las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995.
Organic budget lawDecreto 111 de 1996
Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)
Institución universitaria pública adscrita a Función Pública que forma y capacita a servidores públicos.
Higher School of Public Administration
Especialización (principio)
Las apropiaciones se refieren al objeto y funciones del órgano y se ejecutan conforme al fin para el que fueron programadas.
SpecificationDecreto 111 de 1996, art. 18
Formulario Único de Reporte de Avances de la Gestión (FURAG)
Instrumento con el que las entidades reportan cada año el avance de MIPG y del control interno; con sus respuestas se calcula el Índice de Desempeño Institucional.
Single Management Progress ReportDecreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017
Funcionamiento
Componente del presupuesto de gastos destinado a la operación de las entidades (personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias).
Current / operating expenditureDecreto 111 de 1996, art. 36
Incrementalismo
Teoría según la cual el presupuesto se decide sobre la base del año anterior y por ajustes marginales negociados.
IncrementalismWildavsky (1986); Lindblom (1959)
Índice de Desempeño Institucional (IDI)
Medida que calcula Función Pública con el FURAG para valorar la gestión de cada entidad en las dimensiones y políticas de MIPG.
Institutional Performance IndexFunción Pública
Inflexibilidad presupuestal
Proporción del gasto predeterminada por normas, compromisos o rentas de destinación específica.
Budget rigidity / earmarkingEcheverry et al. (2004)
Inversión
Componente del presupuesto de gastos que financia proyectos de inversión evaluados y registrados en el banco de proyectos.
Capital / investment expenditureDecreto 111 de 1996, arts. 36 y 68
Isomorfismo
Tendencia de las organizaciones a parecerse entre sí por presión coercitiva, imitación o profesionalización.
Institutional isomorphismDiMaggio y Powell (1983)
Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)
Componente de justicia del sistema creado por el Acuerdo Final de 2016 para juzgar las conductas cometidas en el conflicto armado.
Special Jurisdiction for PeaceActo Legislativo 01 de 2017
Ley de financiamiento
Ley que crea o modifica rentas para financiar un presupuesto cuyo gasto excede los ingresos ya autorizados.
Revenue (financing) billC. P., art. 347
Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT)
Ley que fija los principios del ordenamiento territorial y regula los esquemas asociativos entre entidades territoriales, como las regiones administrativas y de planificación.
Organic Law on Territorial PlanningLey 1454 de 2011
Liquidación del presupuesto
Decreto que detalla el presupuesto aprobado por el Congreso y lo convierte en el anexo ejecutable.
Budget execution decree / apportionmentDecreto 111 de 1996, art. 67
Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP)
Techos de gasto sectoriales a cuatro años.
Medium-term expenditure framework (MTEF)MinHacienda; Banco Mundial (2013)
Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP)
Documento con metas fiscales a diez años que el Gobierno presenta en junio.
Medium-term fiscal framework (MTFF)Ley 819 de 2003, art. 1
Marco lógico
Metodología de diseño de proyectos que organiza objetivos, indicadores, medios de verificación y supuestos en una matriz.
Logical framework (logframe)Ortegón et al. (2005)
Metodología General Ajustada (MGA)
Herramienta obligatoria de formulación y evaluación ex ante de proyectos de inversión.
Project appraisal methodologyDNP (2023a)
Mimetismo isomorfo
Adopción de las formas de las «buenas prácticas» sin la función que las hace eficaces.
Isomorphic mimicryAndrews et al. (2017)
Modelo Estándar de Control Interno (MECI)
Estructura del sistema de control interno de las entidades públicas; dentro de MIPG opera como su séptima dimensión.
Standard Internal Control ModelLey 87 de 1993; Decreto 1499 de 2017
Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG)
Marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades públicas, organizado en siete dimensiones.
Integrated Planning and Management ModelDecreto 1499 de 2017
Nueva Gestión Pública (NGP)
Corriente de reforma administrativa de los años ochenta y noventa que trasladó al Estado técnicas de gestión privada: orientación a resultados, competencia, agencias separadas y trato al ciudadano como usuario.
New Public ManagementHood, 1991
OATP
Oficina de Asistencia Técnica Presupuestal del Congreso.
Parliamentary budget office (PBO)Ley 1985 de 2019
Obligación
Monto adeudado por la entidad tras recibir a satisfacción bienes o servicios contratados.
Accrued liability / verified expenditureDecreto 111 de 1996
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
Organización internacional que produce estándares y recomendaciones de política pública para sus países miembros; Colombia ingresó en 2020.
OECD
Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD)
Órganos Colegiados de Administración y Decisión del SGR, con participación de los niveles de gobierno.
Intergovernmental decision boardsLey 2056 de 2020
Pago
Salida efectiva de recursos que extingue la obligación.
Payment / cash outlayDecreto 111 de 1996
PDT
Plan de desarrollo territorial (departamental o municipal), aprobado por ordenanza o acuerdo.
Subnational development planLey 152 de 1994, arts. 31-40
PEFA
Marco de evaluación del gasto público y la rendición de cuentas financiera.
Public Expenditure and Financial AccountabilityBanco Mundial (2016)
PIIP
Plataforma Integrada de Inversión Pública, que reúne el Banco Único de Proyectos.
Integrated public investment platformDNP (2023b, p. 30)
Plan de Ordenamiento Territorial (POT)
Instrumento de ordenamiento del suelo municipal.
Land-use / zoning planLey 388 de 1997
Plan Nacional de Desarrollo (PND)
Parte general y plan de inversiones, aprobado por ley con prelación sobre las demás.
National development planC. P., arts. 339-341; Ley 152 de 1994
Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI)
Inversiones por sectores, órganos y programas para la vigencia.
Annual investment planDecreto 111 de 1996, art. 8
Plan plurianual de inversiones (PPI)
Parte del PND con la proyección de los recursos financieros y las inversiones por programa durante el cuatrienio.
Multi-year investment planC. P., art. 339; Ley 152 de 1994, art. 6
Planificación estratégica situacional (PES)
Enfoque de Matus que concibe la planificación como cálculo que precede y preside la acción en contextos con otros actores.
Situational strategic planningMatus (1987)
Planificación ex ante
Formulación y evaluación anticipada de un proyecto antes de asignarle recursos.
Ex ante appraisalDNP (2023a)
Planificación indicativa
Plan que orienta y señala prioridades al sector privado, pero es obligatorio para el sector público.
Indicative planningFranco González (1994)
PPBS
Sistema de planeación, programación y presupuesto adoptado en EE. UU. en 1965.
Planning-Programming-Budgeting SystemSchick (1966)
Presupuesto General de la Nación (PGN)
Presupuesto nacional y de los establecimientos públicos del orden nacional.
National budgetDecreto 111 de 1996, art. 11
Presupuesto por programas
Clasificación del gasto según programas y objetivos, no solo por objeto.
Program budgetingSchick (1966)
Presupuesto por resultados
Presupuesto que vincula la asignación con información sobre productos y resultados.
Performance-based budgeting (PBB)Last y Robinson (2009)
Producto
Bien o servicio que entrega la intervención, resultado de las actividades.
OutputDNP (2019)
Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC)
Monto máximo mensual de fondos disponibles para pagos.
Cash plan / cash rationingDecreto 111 de 1996, art. 73
Programa de Renovación de la Administración Pública (PRAP)
Programa del Gobierno 2002-2006 que reestructuró, fusionó y liquidó entidades nacionales para reducir el tamaño del Estado y modernizar su gestión.
Public Administration Renewal ProgramDocumento CONPES 3248 de 2003
Programación integral (principio)
Todo programa debe contemplar simultáneamente gastos de inversión y de funcionamiento necesarios para su ejecución.
Comprehensive programmingDecreto 111 de 1996, art. 17
Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)
Instrumentos de planeación a diez años para 170 municipios priorizados por el conflicto, agrupados en 16 subregiones.
Development Programs with a Territorial FocusDecreto Ley 893 de 2017
Punto de reversión
Lo que rige si el Legislativo no aprueba el presupuesto; en Colombia, el proyecto del Gobierno.
Reversion pointC. P., art. 348; Hallerberg et al. (2009)
Racionalidad limitada
Capacidad acotada de los decisores para procesar información y prever consecuencias.
Bounded rationalityLindblom (1959)
Recursos propios
Ingresos tributarios y no tributarios que recaudan las entidades territoriales.
Own-source revenueLey 617 de 2000
Reducción y aplazamiento
Facultad del Gobierno de reducir o aplazar apropiaciones si los recaudos son inferiores o no se aprueban nuevos recursos.
Spending cuts / sequestrationDecreto 111 de 1996, arts. 76-77
Región Administrativa y de Planificación (RAP)
Esquema asociativo de departamentos, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio, para el desarrollo económico y social de la región.
Administrative and Planning RegionC. P., art. 306; Ley 1454 de 2011
Región como Entidad Territorial (RET)
Figura por la cual una región administrativa y de planificación puede convertirse en entidad territorial, según las condiciones que fije la ley.
Region as a Territorial EntityC. P., art. 307; Ley 1962 de 2019
Registro presupuestal (RP)
Operación que perfecciona el compromiso y afecta en forma definitiva la apropiación.
Commitment registrationDecreto 111 de 1996, art. 71
Regla fiscal
Límite numérico al déficit o a la deuda; en Colombia, ancla de deuda neta del Gobierno nacional central.
Fiscal ruleLey 1473 de 2011, mod. Ley 2155 de 2021
Reservas presupuestales
Compromisos que a 31 de diciembre no se cumplieron y se pagan en la vigencia siguiente.
Carry-over commitmentsDecreto 111 de 1996, art. 89
Resultado
Cambio en las condiciones de la población que se atribuye, en parte, a los productos.
OutcomeDNP (2019)
Servicio de la deuda
Pagos de intereses, comisiones y amortización de la deuda pública.
Debt serviceDecreto 111 de 1996, art. 36
SGR
Sistema General de Regalías, con presupuesto bienal propio.
Natural resource revenue systemC. P., art. 361; Ley 2056 de 2020
Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP)
Plataforma de Colombia Compra Eficiente en la que las entidades publican y gestionan sus procesos de contratación; el SECOP II es transaccional.
Electronic Public Procurement SystemColombia Compra Eficiente
Sistema General de Participaciones (SGP)
Transferencia constitucional de la Nación a las entidades territoriales.
Intergovernmental transfersC. P., arts. 356-357; Ley 715 de 2001
Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados (SINERGIA)
Sistema Nacional de Evaluación de Gestión y Resultados del DNP.
Monitoring and evaluation systemLey 152 de 1994, art. 29; DNP (2026a)
Sostenibilidad fiscal
Criterio orientador de las ramas y órganos del poder público para no comprometer las finanzas públicas.
Fiscal sustainabilityC. P., art. 334 (AL 3 de 2011)
Sostenibilidad y estabilidad fiscal (principio)
El crecimiento del gasto debe ser acorde con la evolución de los ingresos de largo plazo o estructurales y el presupuesto debe servir para estabilizar el ciclo económico mediante una regla fiscal; el art. 12 conserva además la homeostasis entre los principios.
Countercyclical fiscal policyDecreto 111 de 1996, arts. 12 y 21, mod. Ley 1473 de 2011
Superávit primario
Diferencia entre ingresos y gastos excluidos los intereses de la deuda.
Primary surplusLey 819 de 2003
TerriData
Sistema de estadísticas territoriales del DNP.
Subnational statistics portalDNP
Transferencia de políticas
Uso del conocimiento sobre políticas e instituciones de un sistema en otro sistema.
Policy transferDolowitz y Marsh (2000)
Unidad de caja (principio)
Con el recaudo de todas las rentas se atiende el pago oportuno de las apropiaciones.
Unity of the treasuryDecreto 111 de 1996, art. 16
Universalidad (principio)
El presupuesto contiene la totalidad de los gastos que se espera realizar en la vigencia.
ComprehensivenessDecreto 111 de 1996, art. 15
Vigencias futuras
Autorización para asumir compromisos que afectan presupuestos de vigencias posteriores.
Multi-year commitment authorityLey 819 de 2003, arts. 10-11

Bibliografía y fuentes

Cada referencia se cotejó con su registro original (DOI, editorial, revista o texto oficial de la norma). Las normas enlazan a la Secretaría del Senado o al Gestor Normativo de Función Pública. 97 fuentes.

Fuentes académicas (17)
  • Andrews, M., Pritchett, L., & Woolcock, M. (2017). Building state capability: Evidence, analysis, action. Oxford University Press. https://doi.org/10.1093/acprof:oso/9780198747482.001.0001
  • Cardona Acosta, F. J., & Zuluaga Urrea, H. M. (2007). Antecedentes del presupuesto público en Colombia. Visión Contable, (5), 9-57. Consultar
  • DiMaggio, P. J., & Powell, W. W. (1983). The iron cage revisited: Institutional isomorphism and collective rationality in organizational fields. American Sociological Review, 48(2), 147-160. https://doi.org/10.2307/2095101
  • Dolowitz, D. P., & Marsh, D. (2000). Learning from abroad: The role of policy transfer in contemporary policy-making. Governance, 13(1), 5-24. https://doi.org/10.1111/0952-1895.00121
  • Dror, Y. (1990). Enfrentando el futuro. Fondo de Cultura Económica. Consultar
  • Echeverry, J. C., Fergusson, L., & Querubín, P. (2004). La batalla política por el presupuesto de la Nación: inflexibilidades o supervivencia fiscal (Documento CEDE 2004-01). Universidad de los Andes.
  • Franco González, H. (1994). Evolución de la planeación del desarrollo colombiano: una aproximación teórica. Revista Universidad EAFIT, 30(96), 45-53. Consultar
  • Grosso Rincón, C. A. (2009). Desarrollo histórico y ámbito de acción de la planeación en Colombia. Administración & Desarrollo, 37(51), 39-58. https://doi.org/10.22431/25005227.350
  • Hallerberg, M., Scartascini, C., & Stein, E. (Eds.). (2009). ¿Quién decide el presupuesto? Economía política del proceso presupuestario en América Latina. Banco Interamericano de Desarrollo; David Rockefeller Center for Latin American Studies, Harvard University.
  • Lindblom, C. E. (1959). The science of «muddling through». Public Administration Review, 19(2), 79-88. https://doi.org/10.2307/973677
  • Matus, C. (1987). Política, planificación y gobierno. ILPES; Fundación Altadir.
  • Ospina Bozzi, S. (2001). Evaluación de la gestión pública: conceptos y aplicaciones en el caso latinoamericano. Revista do Serviço Público, 52(1), 25-55. Consultar
  • Rodríguez Tobo, P. A. (2008). Presupuesto público [Programa de Administración Pública Territorial]. Escuela Superior de Administración Pública.
  • Salinas Esteban, A. F. (2021). Análisis empírico institucional sobre la Ley de Presupuesto General de la Nación: un examen útil para mejorar la decisión del gasto de funcionamiento e inversión en Colombia. Papel Político, 26. https://doi.org/10.11144/Javeriana.papo26.aeil
  • Schick, A. (1966). The road to PPB: The stages of budget reform. Public Administration Review, 26(4), 243-258. https://doi.org/10.2307/973296
  • Wildavsky, A. (1986). Budgeting: A comparative theory of budgetary processes (2.ª ed. rev.). Transaction Books.
  • Younes Moreno, D., & Younes Medina, P. (2023). Las reformas del Estado y de la administración pública: de la Misión Kemmerer (1923) a nuestros días. Un siglo de rediseños institucionales (2.ª ed.). Editorial ESAP. Consultar
Documentos institucionales (30)
  • Banco Mundial. (2013). Beyond the annual budget: Global experience with medium-term expenditure frameworks. https://doi.org/10.1596/978-0-8213-9625-4
  • Banco Mundial. (2016). Colombia: Public expenditure and financial accountability (PEFA) assessment 2015. Consultar
  • Cámara de Representantes. (2026, 14 de septiembre). Comisiones económicas aprobaron el monto del presupuesto general de la nación en $634,9 billones [Noticia]. Consultar
  • Comisión del Gasto y la Inversión Pública. (2018). Informe final. Fedesarrollo.
  • Comisión Económica para América Latina y el Caribe. (s. f.). Departamento Nacional de Planeación (DNP) de Colombia. Observatorio Regional de Planificación para el Desarrollo de América Latina y el Caribe. Consultar
  • Comité Autónomo de la Regla Fiscal. (2025, 8 de junio). Concepto previo no vinculante del CARF sobre la activación de la cláusula de escape. Consultar
  • Departamento Administrativo de la Función Pública. (2023). Marco general del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (versión 5). Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional. Consultar
  • Departamento Administrativo de la Función Pública. (2026, 4 de marzo). Función Pública habilita el FURAG para la Medición del Desempeño Institucional vigencia 2025 [Noticia]. Consultar
  • Departamento Administrativo de la Función Pública. (s. f.). Sector planeación [Manual de estructura del Estado]. Consultar
  • Departamento Nacional de Planeación. (2019). Guía para la construcción y estandarización de la cadena de valor (versión 6.0). Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas. Consultar
  • Departamento Nacional de Planeación. (2021, 20 de octubre). Aprueban Presupuesto General de la Nación por $350 billones de pesos [Noticia institucional]. Consultar
  • Departamento Nacional de Planeación. (2023a). Lineamientos conceptuales que soportan la Metodología General Ajustada para Colombia: Metodología General Ajustada para la formulación de proyectos de inversión pública en Colombia (versión 2.0). Subdirección de Proyectos, Dirección de Proyectos e Información para la Inversión Pública. Consultar
  • Departamento Nacional de Planeación. (2023b). Manual de procedimientos para la gestión de proyectos de inversión pública en Colombia. Dirección de Proyectos e Información para la Inversión Pública. Consultar
  • Departamento Nacional de Planeación. (2026, 17 de septiembre). DNP lidera articulación de alto nivel para la construcción del Plan Nacional de Desarrollo de la Patria Milagro 2026-2030 [Comunicado de prensa]. Consultar
  • Departamento Nacional de Planeación. (2026). Guía de seguimiento a políticas públicas. DNP, SINERGIA. Consultar
  • Dirección General de Estadística. (1928). Boletín de Estadística (n.º 3-4, 1927-1928). Consultar
  • International Bank for Reconstruction and Development. (1950). The basis of a development program for Colombia. Johns Hopkins Press.
  • Last, D., & Robinson, M. (2009). A basic model of performance-based budgeting (Technical Notes and Manuals 2009/001). International Monetary Fund. https://doi.org/10.5089/9781462320271.005
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2020, 19 de octubre). Se aprobó Presupuesto General de la Nación para 2021, con el monto más alto en inversión de la historia [Comunicado de prensa; copia publicada por Legis-Ámbito Jurídico]. Consultar
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2022, 18 de octubre). Aprueban Presupuesto General de la Nación por $405,6 billones [Comunicado de prensa]. Consultar
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2023, 18 de octubre). Congreso de la República aprueba Presupuesto General de la Nación 2024 [Comunicado de prensa]. Consultar
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2024). Mensaje Presidencial del Proyecto de Presupuesto General de la Nación 2025 [Radicado ante el Congreso de la República, julio de 2024]. Consultar
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2025, 16 de octubre). Presupuesto 2026 aprobado: el Congreso sella el último plan de gasto del Gobierno Petro [Comunicado de prensa]. Consultar
  • Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana. (2022). Guía ciudadana al Presupuesto General de la Nación. Pontificia Universidad Javeriana. Consultar
  • Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana. (2024). Guía ciudadana al Sistema General de Regalías. Pontificia Universidad Javeriana. Consultar
  • Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana. (2025, 14 de mayo). Regalías 2025-2026: el presupuesto de este bienio se duplicó por saldos no ejecutados desde 2012. Consultar
  • OCDE. (2014). Recommendation of the Council on Principles for Independent Fiscal Institutions (OECD/LEGAL/0401). Consultar
  • Ortegón, E., Pacheco, J. F., & Prieto, A. (2005). Metodología del marco lógico para la planificación, el seguimiento y la evaluación de proyectos y programas (Serie Manuales n.º 42). CEPAL.
  • Senado de la República. (2026, 11 de agosto). Los ajustes que se le harían al Presupuesto General de la Nación para el 2027 [Noticia]. Consultar
  • Villar Gómez, L. (2025, 19 de agosto). Comentario del Gerente General del Banco de la República al proyecto de Presupuesto General de la Nación 2026. Banco de la República. Consultar
Fuentes de datos y prensa (6)
  • Cámara de Representantes. (2026, 27 de agosto). Ya quedó radicado el nuevo presupuesto general de la nación por $634,9 billones de pesos [Noticia]. Consultar
  • Departamento Administrativo de la Función Pública. (2025, 25 de junio). Función Pública presenta resultados de la más reciente Medición de Desempeño Institucional [Noticia]. Consultar
  • Departamento Administrativo de la Función Pública. (2026). Resultados de la medición del desempeño institucional 2025 [Conjunto de datos]. Consultar
  • Departamento Nacional de Planeación. (2026, 28 de abril). Distribución parcial de las doce doceavas de la participación para educación por el criterio de población atendida, vigencia 2026 (Documento de distribución SGP-110-2026). Consultar
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2025, 16 de octubre). Presupuesto 2026 aprobado: el Congreso sella el último plan de gasto del Gobierno Petro [Comunicado de prensa]. Consultar
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (2025). Sustentación del Presupuesto General de la Nación 2026 [Presentación]. Dirección General del Presupuesto Público Nacional. Consultar
Normas y sentencias (44)
  • Acto Legislativo 03 de 2024. Por el cual se fortalece la autonomía de los departamentos, distritos y municipios, se modifican los artículos 356 y 357 de la Constitución Política. 27 de diciembre de 2024. Diario Oficial No. 52.982. Consultar
  • Acto Legislativo 04 de 2019. Por medio del cual se reforma el Régimen de Control Fiscal. 18 de septiembre de 2019. Diario Oficial No. 51.080. Consultar
  • Acto Legislativo 3 de 2011. Por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. 1 de julio de 2011. Consultar
  • Constitución Política de Colombia [Const.]. (1991). Gaceta Constitucional n.º 116 de 20 de julio de 1991. Consultar
  • Corte Constitucional de Colombia. (2000). Sentencia C-1403 de 2000. Consultar
  • Corte Constitucional de Colombia. (2000). Sentencia C-557 de 2000. Consultar
  • Corte Constitucional de Colombia. (2020). Sentencia C-068 de 2020. Consultar
  • Corte Constitucional de Colombia. (2026, 9 de abril). Sentencia C-075 de 2026 (M. P. Carlos Camargo Assis). Revisión del Decreto 1390 de 2025. Consultar
  • Decreto 1082 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional. 26 de mayo de 2015. Diario Oficial n.º 49.523. Consultar
  • Decreto 1083 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. 26 de mayo de 2015. Consultar
  • Decreto 111 de 1996. Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto. 15 de enero de 1996. Diario Oficial n.º 42.692. Consultar
  • Decreto 1499 de 2017. Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. 11 de septiembre de 2017. Consultar
  • Decreto 1523 de 2024 [Ministerio de Hacienda y Crédito Público]. Por medio del cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. 18 de diciembre de 2024. Diario Oficial No. 52.974. Consultar
  • Decreto 1585 de 2026. Por el cual se reduce el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2026. 22 de octubre de 2026. Presidencia de la República. Consultar
  • Decreto 1599 de 2026. Por el cual se expide el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027. 22 de octubre de 2026. Presidencia de la República. Consultar
  • Decreto Ley 403 de 2020. Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal. 16 de marzo de 2020. Diario Oficial n.º 51.258. Consultar
  • Ley 1176 de 2007. Por la cual se desarrollan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política. 27 de diciembre de 2007. Diario Oficial n.º 46.854. Consultar
  • Ley 1473 de 2011. Por medio de la cual se establece una regla fiscal. 5 de julio de 2011. Diario Oficial No. 48.121. Consultar
  • Ley 152 de 1994. Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. 15 de julio de 1994. Diario Oficial n.º 41.450. Consultar
  • Ley 1712 de 2014. Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional. 6 de marzo de 2014. Diario Oficial No. 49.084. Consultar
  • Ley 19 de 1958, sobre reforma administrativa. (1958, 18 de noviembre). Consultar
  • Ley 1952 de 2019. Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario. 28 de enero de 2019. Diario Oficial n.º 50.850. Consultar
  • Ley 1955 de 2019. Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 «Pacto por Colombia, pacto por la equidad». 25 de mayo de 2019. Consultar
  • Ley 2056 de 2020. Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías. 30 de septiembre de 2020. Diario Oficial No. 51.453. Consultar
  • Ley 2063 de 2020. Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021. 28 de noviembre de 2020. Diario Oficial No. 51.512. Consultar
  • Ley 2094 de 2021. Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones. 29 de junio de 2021. Diario Oficial n.º 51.720. Consultar
  • Ley 2155 de 2021. Por medio de la cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones. 14 de septiembre de 2021. Diario Oficial n.º 51.797. Consultar
  • Ley 2159 de 2021. Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. 12 de noviembre de 2021. Diario Oficial No. 51.856. Consultar
  • Ley 2276 de 2022. Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023. 29 de noviembre de 2022. Diario Oficial No. 52.233. Consultar
  • Ley 2294 de 2023. Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 «Colombia Potencia Mundial de la Vida». 19 de mayo de 2023. Diario Oficial No. 52.400. Consultar
  • Ley 2342 de 2023. Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024. 15 de diciembre de 2023. Diario Oficial No. 52.610. Consultar
  • Ley 2441 de 2024. Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026. 27 de diciembre de 2024. Diario Oficial n.º 52.982. Consultar
  • Ley 2559 de 2025. Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. 22 de diciembre de 2025. Diario Oficial No. 53.343. Consultar
  • Ley 2559 de 2025. Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2026. 22 de diciembre de 2025. Diario Oficial n.º 53.343. Consultar
  • Ley 388 de 1997. Por la cual se modifica la Ley 9.ª de 1989 y la Ley 3.ª de 1991 y se dictan otras disposiciones. 18 de julio de 1997. Consultar
  • Ley 5 de 1992. Por la cual se expide el Reglamento del Congreso; el Senado y la Cámara de Representantes. 17 de junio de 1992. Diario Oficial n.º 40.483. Consultar
  • Ley 617 de 2000. Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994 [...] y se dictan normas tendientes a fortalecer la descentralización y para la racionalización del gasto público nacional. 6 de octubre de 2000. Diario Oficial n.º 44.188. Consultar
  • Ley 715 de 2001. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias. 21 de diciembre de 2001. Diario Oficial n.º 44.654. Consultar
  • Ley 819 de 2003. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal. 9 de julio de 2003. Diario Oficial n.º 45.243. Consultar
  • Ley 850 de 2003. Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas. 18 de noviembre de 2003. Diario Oficial n.º 45.376. Consultar
  • Ley 87 de 1993. Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado. 29 de noviembre de 1993. Diario Oficial n.º 41.120. Consultar
  • Ley Estatutaria 1757 de 2015. Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática. 6 de julio de 2015. Diario Oficial No. 49.565. Consultar
  • Ley Orgánica 1985 de 2019. Por medio de la cual se dictan normas para la creación de la Oficina de Asistencia Técnica Presupuestal (OATP) del Congreso de la República. 30 de julio de 2019. Diario Oficial n.º 51.030. Consultar
  • Ley Orgánica 2322 de 2023. Por medio del cual se modifica el artículo 9o de la Ley 152 de 1994. 5 de septiembre de 2023. Diario Oficial n.º 52.509. Consultar

Elaboración OBSAP para el curso Gerencia Pública (Departamento de Ciencia Política, UNAL), 2026-II, a partir del documento de sesión del módulo 8. Las cifras del presupuesto provienen de las leyes anuales y de las fuentes oficiales citadas en cada gráfica.

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OBSAP — Observatorio de la Administración Pública Un proyecto del Grupo de Investigación APPGP — Análisis de las Políticas Públicas y de la Gestión Pública, Universidad Nacional de Colombia